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El Peruano Miércoles 13 de agosto de 2014 529826 Que, mediante los Ofi cios Nos. 034-2014-PE/IRTP, 081-2014-GAF/IRTP, 113-2014-GG/IRTP y 1720-2014- PCM/SG, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP y la Presidencia del Consejo de Ministros, según corresponda, solicitan recursos adicionales a favor del IRTP, entre otros, por la suma de VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 671 400,00), cuyo monto no fue considerado por el IRTP en su presupuesto institucional del año fi scal 2014, los cuales serán destinados a atender el incremento de costos de: utilización de mayor capacidad satelital para transmitir más de dos señales en Alta Defi nición TV, comisiones de servicios del personal que desarrolla actividades operativas de mantenimiento de las antenas y retransmisoras distribuidas a nivel nacional, servicios profesionales temporales de personal periodístico y de producción, equipamiento, entre otros; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados para las acciones descritas en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del pliego Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 671 400,00), a favor del citado pliego, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 671 400,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, para los fi nes establecidos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 21 671 400,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 21 671 400,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 116 : Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001053 : Producción y Transmisión de Programas Educativos de Radio y de TV FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 14 100 000,00 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 7 571 400,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 21 671 400,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1122703-1 Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales - FONIE en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO N° 232-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del