Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2014 (21/08/2014)


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El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014

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Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el numeral 2) del articulo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion - Ley Nº 28296, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del articulo 7 de la Ley de Creacion del Ministerio de Cultura - Ley Nº 29565, establece que "es funcion exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaracion, investigacion, proteccion, conservacion, puesta en valor, promocion y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Que, asimismo el articulo 14 de la Ley MORDAZA indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaracion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante solicitud del 20 de noviembre de 2013, la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, presento el expediente mediante el cual solicita, al MORDAZA de las normas vigentes, la declaratoria de la danza Los Incas de la provincia de MORDAZA MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe N° 308-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, la Direccion General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 262-2014-DPI-DGPC/MC emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial, a traves del cual se recomienda la declaratoria de la danza Los Incas de la provincia de MORDAZA MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la provincia de MORDAZA MORDAZA es una de las doce provincias del departamento de La Libertad; su capital Huamachuco esta ubicada a 180 km de la MORDAZA de MORDAZA y cuenta con una poblacion aproximada de 55 mil habitantes, segun el ultimo censo; es un territorio geograficamente diverso por su heterogenea altitud que va desde los 200 a los mas de 4000 msnm. Esta MORDAZA ha sido un importante asentamiento de grupos humanos desde epocas remotas debido a sus tierras apropiadas para la agricultura y la ganaderia. Segun investigadores como MORDAZA C. MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, se presume que los primeros habitantes llegaron entre los anos 6 mil y 10 mil a.C. y, aunque fueron poblaciones nomadas de cazadores y recolectores, ellos iniciaron la formacion de la cultura Wamachuko que existio MORDAZA de los Chimu y de los Incas; la danza Los Incas de la provincia de MORDAZA MORDAZA, es producto del intercambio cultural de la poblacion local con este ultimo grupo y expresion de la relacion ancestral que existio con los gobernantes cusquenos a partir de las expediciones de conquista del MORDAZA Pachacutec que terminaron por anexar a los wamachukos al Tawantinsuyu; Que, la danza Los Incas de la provincia de MORDAZA MORDAZA es una manifestacion particularmente vistosa de una de las costumbres mas difundidas en el area MORDAZA, la rememoracion de los Incas, soberanos del Cusco. La memoria del Tawantinsuyu es uno de los temas mas emblematicos de la tradicion MORDAZA y se ha expresado artisticamente en la plastica, en la danza y en la representacion escenica. Es asi como, las representaciones del MORDAZA sobrevivieron en muchos lugares, en particular en aquellos pueblos en los que existio un centro administrativo MORDAZA de importancia, como es el caso de la actual MORDAZA de Huamachuco. Ya sea como la escenificacion de la captura y muerte de MORDAZA, o como un genero de danza en que se muestra al MORDAZA y su corte, generalmente en una comparsa de baile que participa en una fiesta del calendario MORDAZA local, estas

de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/ DM, en adelante el Reglamento; Que, luego de haber evaluado la documentacion presentada por el solicitante, se desprende que el solicitante ha cumplido con presentar los requisitos estipulados en el articulo 4º y 5° del Reglamento precitado, toda vez que acredita titulo profesional de Licenciado en Turismo y experiencia minima de tres (3) anos en el desarrollo de actividades y proyectos turisticos para ser designado como calificador de establecimientos de Hospedaje de hasta tres (3) estrellas; Que, conforme al articulo 6º del Reglamento citado, establece que una vez presentada la solicitud con todos los requisitos exigidos, se procedera a efectuar una evaluacion exhaustiva de los antecedentes del solicitante, y posteriormente se efectuara una entrevista personal con el fin de evaluar la aptitud para ejercer la actividad de Calificador de Establecimientos de Hospedaje; Que, en ese sentido se ha procedido a evaluar favorablemente el expediente presentado, asi como la aptitud para ejercer como calificador de establecimientos de hospedaje de conformidad al Acta de Entrevista Personal, por lo que corresponde designar al solicitante como Calificador de Establecimientos de Hospedaje a nivel nacional, para evaluar establecimientos de hospedaje de hasta tres (3) estrellas; De conformidad a lo establecido en la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo y el Reglamento de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 151-2001-ITINCI/ DM; De acuerdo con el Informe Legal Nº 092-2014MINCETUR/VMT/DNDT-DNS-RGC e Informe Tecnico N° 029-2014-MINCETUR/VMT/DNDT-DNS-SDNS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como Calificador de Establecimientos de Hospedaje a nivel nacional, por un periodo de tres (3) anos contados a partir de la expedicion de la presente Resolucion, a el senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, quien esta facultado para emitir Informes Tecnicos con el fin de solicitar la condicion de Establecimientos de Hospedaje Clasificados y Categorizados de hasta tres (3) estrellas, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. Articulo 2°.- El plazo de designacion expira el 13 de agosto de 2017. Articulo 3°.- Disponer su inscripcion en el Registro de Calificadores de Establecimientos de Hospedaje con el numero 71, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Desarrollo Turistico Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 1125450-1

CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la danza Los Incas de la provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 074-2014-VMPCIC-MC MORDAZA, 15 de agosto de 2014 Visto el Expediente N° 046046-2013; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21 de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del

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