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El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014 530520 Aprueban Reglamento del Consejo Directivo del Residentado Odontológico - “CODIRO” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 628-2014/MINSA Lima, 20 de agosto del 2014 Visto el Expediente Nº 14-068657-001, que contiene el Memorándum N° 707-2014-DG-DGDRH/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el Residentado Odontológico tiene por fi nalidad la formación de profesionales especializados en el campo de la salud bucal, en el modelo de atención integral, mejorando la oferta de atención especializada; Que, el artículo 9° del Reglamento del Residentado Odontológico, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2013-SA, señala que el Consejo Directivo integra el Residentado Odontológico, constituyéndose como su órgano máximo, y en el marco de las políticas nacionales de salud, articula a las instituciones formadoras de profesionales de salud y a las instituciones prestadoras de servicios de salud, con la fi nalidad de contribuir a mejorar la salud de la población; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11° de la norma antes señalada, el Reglamento Interno del Consejo Directivo deberá ser aprobado por Resolución Ministerial del Sector Salud; Que, en atención a ello, mediante documento de visto, el Presidente del citado Consejo Directivo ha solicitado la aprobación de su Reglamento; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de garantizar el normal desarrollo del referido Consejo Directivo; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 009-2013-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Consejo Directivo del Residentado Odontológico – “CODIRO”, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1126465-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión única a Omnisat Cable Televisión S.R.L. para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 569-2014-MTC/03 Lima, 13 de agosto de 2014 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN