Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2014 (21/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

530514
MORDAZA MORDAZA CUSQUISIBAN, identificado con DNI Nº 26720534 personal del Ministerio de Defensa, para que participen en el Curso "Coordinacion Civico Militar", que se dictara en el Centro de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), ubicado en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 1 al 9 de setiembre de 2014; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 31 de agosto y su retorno el 10 de setiembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes MORDAZA - Buenos Aires (Republica Argentina) - Lima: US$ 1,197.04 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 2,394.08 Viaticos US$ 370.00 x 20% x 2 personas x 9 dias US$ 370.00 x 2 personas x 1 dia Total US$ 1,332.00 US$ 740.00 ---------------------US$ 4,466.08

El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014

Articulo 3º.- El personal autorizado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 047 -2002-PCM. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1126472-6

Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y, de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a cuatro (04) militares de la Republica MORDAZA, del 21 de agosto al 5 de diciembre de 2014, con la finalidad de participar en el Curso de Operaciones Riberenas a llevarse a cabo en la Escuela de Guardacostas Fluviales de Iquitos. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1126467-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Directora de Atencion al Usuario de la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2014-MIDIS MORDAZA, 20 de agosto de 2014 VISTOS: El Informe Nº 84-2014/MIDIS/VMPS/DGCPS, de la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales; el Memorando Nº 1203-2014/MIDIS/SG/OGA, de la Oficina General de Administracion; y, el Informe Nº 3162014/MIDIS/SG/OGA/ORH, de la Oficina de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, estableciendose que la Direccion de Atencion al Usuario es la unidad organica de la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales encargada de proponer politicas e implementar acciones para el mejoramiento de la calidad

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 641-2014-DE/SG MORDAZA, 20 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 627 del 19 de agosto de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3340 del 15 de agosto de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA de personal militar de la Republica Argentina; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 21 de agosto al 5 de diciembre de 2014, con la finalidad de participar en el Curso de Operaciones Riberenas a llevarse a cabo en la Escuela de Guardacostas Fluviales de Iquitos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.