Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2014 (21/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 21 de agosto de 2014

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partir del 1° de enero del ano siguiente de la fecha de numeracion de la declaracion, transcurrido dicho plazo, puede ser destruida salvo que dicha documentacion este vinculada a: a) Un regimen aduanero de admision temporal para reexportacion en el mismo estado o de admision temporal para perfeccionamiento activo, cuyas obligaciones tributarias no se encuentren prescritas. b) Un requerimiento efectuado por la Administracion Aduanera para la entrega de documentacion y este no MORDAZA sido atendido por el agente de aduana. c) Un MORDAZA administrativo en tramite, incluyendo los procesos de fiscalizacion realizados por la SUNAT. d) Una investigacion policial o fiscal o a un MORDAZA judicial en tramite. La documentacion que se encuentre en los supuestos MORDAZA senalados, transcurrido el plazo de cinco (5) anos, sera entregada conforme lo establezca la Administracion Aduanera." Articulo 2.- Vigencia. El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3.- Refrendo. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1126472-1

de la atencion a los usuarios de los programas adscritos al Ministerio; Que, mediante Resolucion Suprema N° 001-2013MIDIS, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS, el cual contempla el cargo de Director/a de Atencion al Usuario como directivo superior, de libre designacion y remocion; Que, asimismo, encontrandose vacante el citado cargo, resulta necesario designar a la persona que desempene las funciones de Director/a de Atencion al Usuario de la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora Ivette MORDAZA Orrego MORDAZA como Directora de Atencion al Usuario de la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1126051-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF
DECRETO SUPREMO N° 244-2014- EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a Italia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 143-2014-IN MORDAZA, 20 de agosto de 2014

Que, mediante el articulo 11 de la Ley N° 30230 se modifico el literal a) del articulo 25 de la Ley General de Aduanas, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1053, referido a la obligacion del agente de aduana de conservar la documentacion de los despachos en que MORDAZA intervenido, estableciendose que transcurridos cinco (5) anos esta puede ser destruida, salvo en los supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, en tal sentido es necesario modificar el articulo 34 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, a fin de establecer los supuestos en que no procede la destruccion de la documentacion de los despachos; De conformidad con la Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30230, el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion del articulo 34 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2009-EF. Modifiquese el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2009-EF en los siguientes terminos: "Articulo 34.- Conservacion de la documentacion aduanera La documentacion de los despachos debe ser conservada durante cinco (5) anos, computados a

VISTOS; el mensaje N° 2012-23539 del 28 de MORDAZA de 2014, procedente de la Oficina Central Nacional INTERPOL - Roma; y, el Memorandum Multiple Nº 3492014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 1 de agosto de 2014, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 080-2013JUS del 4 de MORDAZA de 2013, se accedio a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano, MORDAZA Lider MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal de Huancayo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos, en agravio de Ysrael MORDAZA MORDAZA y el Estado peruano y, por el delito contra el Patrimonio - Estafa, en agravio de Ysrael MORDAZA MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mensaje N° 2012-23539 del 28 de MORDAZA de 2014, procedente de la Oficina Central Nacional - INTERPOL - MORDAZA, hizo conocer a la Oficina Central Nacional INTERPOL - MORDAZA, que el Gobierno Nacional Italiano ha autorizado la extradicion activa del procesado MORDAZA Lider MORDAZA, para su traslado a nuestro pais; en ese sentido

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