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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (31/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Domingo 31 de agosto de 2014 531458 Que, mediante Informe Nº 0233-2014-DAFO-DGIA- VMPCIC/MC la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios pone en conocimiento y remite a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes la propuesta de Bases para la convocatoria de los siguientes concursos propuestos por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco denominados: “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción en Lenguas Originarias” y “ Concurso de Cortometrajes exclusivo para la Región Cusco”, los cuales cuentan con la debida Certi¿ cación de Crédito Presupuestario (Nota Nº 0000000476) expedida por la Unidad Ejecutora: 002 MC-CUSCO; Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a través del Informe Nº 390-2014-DGIA-VMPCIC/ MC, eleva al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales las Bases de los referidos concursos para su correspondiente aprobación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 050-2013-VMPCIC-MC, modi¿ cada por Resolución Viceministerial Nº 068-2013-VMPCIC-MC, se aprobó la Directiva Nº 002-2013-VMPCICIMC, denominada: “Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ¿ cas organizados por el Ministerio de Cultura”, en cuyo numeral 6.2 se señala que dichos concursos serán conducidos por la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las referidas bases a ¿ n de coadyuvar al desarrollo de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ¿ cas que organiza el Ministerio de Cultura, promoviendo el desarrollo de las industrias culturales a nivel nacional; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, del Director de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios y del Director General de la O¿ cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, modi¿ cada por Ley Nº 29919, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-95-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ¿ cas que organiza el Ministerio de Cultura, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución, y que se detallan a continuación: • “Concurso Nacional de Proyectos de Largometraje de Ficción en Lenguas Originarias.” • “Concurso de Cortometrajes exclusivo para la Región Cusco.” Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, supervise el desarrollo de los Concursos cuyas Bases se aprueban mediante la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos, en el Diario O¿ cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www. cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales CONCURSO NACIONAL DE PROYECTOS DE LARGOMETRAJE DE FICCIÓN EN LENGUAS ORIGINARIAS - 2014 I. BASE LEGAL • Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura. • Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, modi¿ cada por Ley Nº 29919. • Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú. • Decreto Legislativo Nº 295, Código Civil. • Decreto Legislativo Nº 635, Código Penal. • Decreto Legislativo Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor, y sus modi¿ catorias • Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura, modi¿ cado por Decreto Supremo Nº 002-2010- MC. • Decreto Supremo Nº 042-95-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley de Cinematografía Peruana. • Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura. • Resolución Ministerial Nº 206-2013-MC, que aprueba, en el marco de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29919, las categorías y etapas de los proyectos cinematográ¿ cos y los estándares de duración de los proyectos cinematográ¿ cos de obras; y, las categorías y estándares de duración de las obras cinematográ¿ cas, para los concursos que en materia de cinematografía organiza el Ministerio de Cultura. • Resolución Viceministerial Nº 050-2013-VMPCIC- MC, que aprueba la Directiva Nº 002-2013-VMPCIC/MC, modi¿ cada por Resolución Viceministerial Nº 068-2013- VMPCIC-MC, Normas y procedimientos de los Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ¿ cas organizadas por el Ministerio de Cultura. • Resolución Viceministerial Nº 016-2014-VMPCIC- MC, que aprueba el “Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ¿ cas” para el año 2014, modi¿ cada por Resolución Viceministerial Nº 056-2014-VMPCIC-MC. II. OBJETIVO Incentivar la producción y realización de obras peruanas de largometrajes de ¿ cción en lenguas originarias (quechua, aimara y lenguas amazónicas, entre otras), mediante el otorgamiento de un premio que consiste en un apoyo económico no reembolsable a la Empresa Cinematográ¿ ca cuyo proyecto resulte ganador. III. FINALIDAD Motivar la producción y realización de obras cinematográ¿ cas de largometraje de ¿ cción en lenguas originarias, y enriquecer cuantitativamente y cualitativamente el mercado cinematográ¿ co con una mayor oferta de obras peruanas. Además, fomentar la valoración de las citadas lenguas y el plurilingüismo en el Perú. IV. DEL PROYECTO El Proyecto podrá ser de género (comedia, drama, terror, etcétera), tema y técnica libre. La duración de la obra deberá ser de más de setenta y cinco (75) minutos. La obra deberá estar predominantemente hablada en lenguas originarias. El cronograma del Proyecto deberá contemplar un plazo máximo de dos (2) años calendario para su desarrollo. Las actividades a ser ¿ nanciadas con el monto del premio no podrán ser anteriores a la declaración de ganadores. El Proyecto deberá incluir la participación de un director de fotografía profesional, un sonidista profesional y, con el ¿ n de conservar la calidad del registro y cumplir con los estándares profesionales, el proceso de postproducción, edición y sonorización deberá realizarse con sistemas profesionales y contando con personal debidamente cali¿ cado. V. OBRA CINEMATOGRÁFICA PERUANA Para efectos del presente concurso, se considera como peruana la obra cinematográ¿ ca que cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 3º de la Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía Peruana. Del Material de Archivo: Si el Proyecto considerara incluir material de archivo, no se tomará en cuenta la nacionalidad de este, siempre y cuando la producción