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El Peruano Domingo 31 de agosto de 2014 531461 Tres (3) ejemplares anillados conteniendo los siguientes documentos: 1. Resumen con datos generales: Nombre del concurso, título del Proyecto, género, duración aproximada, formato de grabación, nombre y domicilio de la Empresa Cinematográ¿ ca y director(es) del Proyecto. 2. Filmografía o antecedentes de la Empresa Cinematográ¿ ca. En caso de disponer de ello, incluir un (1) DVD con material audiovisual o presentación de la empresa (reel, teaser, trailer, u otros). 3. Ficha técnica. Dicha ¿ cha se encuentra detallada en el glosario y se podrán adjuntar, únicamente, los respectivos pre-contratos o cartas de intención con las que se cuenten. 4. Ficha artística. Dicha ¿ cha se encuentra detallada en el glosario y se podrán adjuntar, únicamente, los respectivos pre-contratos o cartas de intención con las que se cuenten. 5. Visión o motivación del (de los) Director(es) en formulación bilingüe: castellano y lengua originaria del Proyecto. De considerarlo pertinente, importancia del Proyecto, indicando la relevancia a nivel cultural, social, histórico u otro. 6. En caso de disponer de ello, reel u obra corta del (de los) Director(es). 7. Story line y, de ser el caso, en versión bilingüe castellano y lengua(s) originaria(s) (máximo 5 líneas). 8. Sinopsis y, de ser el caso, en versión bilingüe castellano y lengua(s) originaria(s) (máximo 1 página). 9. Guión cinematográ¿ co en la(s) lengua(s) originarias que serán empleadas con su respectiva traducción al castellano. Si el guión cuenta con varias lenguas, los respectivos fragmentos deberán contar con traducción al castellano. 10. Propuesta de realización indicando el tratamiento cinematográ¿ co y/o audiovisual. En el caso de Proyectos de animación, incluir bocetos de personajes, técnica de animación, entre otros aspectos considerados relevantes. 11. Propuesta técnica indicando requerimientos técnicos (¿ lmación/grabación, edición y post producción) necesarios para la realización del Proyecto. 12. Plan de ¿ nanciamiento indicando todas las fuentes de ¿ nanciamiento y socios estratégicos con los que se cuenta. Indicar el porcentaje a ¿ nanciar por el Ministerio de Cultura y las estrategias para la obtención de la ¿ nanciación restante. Dicho plan podrá estar acompañado de pre-contratos, cartas de compromiso y/o otros documentos probatorios de los recursos con los que cuente la Empresa Cinematográ¿ ca. 13. Presupuesto total y detallado según formato adjunto a las presentes Bases, el cual debe incluir todas las etapas desde la pre-producción hasta la copia ¿ nal en 35mm o DCP. 14. Cronograma incluyendo las fechas de culminación del Proyecto y entrega del material ¿ nal a la DAFO. Las actividades a ser ¿ nanciadas con el monto del premio no podrán ser previas a la declaración de ganadores. 15. Plan de Rodaje. 16. Plan tentativo de difusión, comercialización y distribución. 17. De ser el caso, material grá¿ co y fotografías. Asimismo, se adjuntará un (1) disco compacto (CD) o un (1) dispositivo de almacenamiento digital (USB u otro) que incluya los documentos del Anexo 3, en versión PDF. En caso la Mesa de Partes que corresponda, advierta el incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos, procederá a anotar bajo la ¿ rma del trabajador encargado de la recepción del documento, en original y cargo, en un solo acto y por única vez, los requisitos no cumplidos que no puedan ser salvados de o¿ cio, invitando al postulante a subsanarlos en un plazo máximo de dos (2) días hábiles. 11.4 REVISIÓN DE EXPEDIENTES La DAFO procederá a revisar los expedientes presentados y, en caso no cumplan con lo requerido en el numeral 11.3 y se adviertan observaciones que no fueron identi¿ cadas por Mesa de Partes al momento de su presentación, se formularán y comunicarán las mismas a la Empresa Cinematográ¿ ca, por única vez, a ¿ n de que realice la subsanación pertinente. La presentación de dichos documentos pendientes, se realizará en la Mesa de Partes del Ministerio de Cultura o en la de las Direcciones Desconcentradas de Cultura en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles computados a partir de la noti¿ cación a la Empresa Cinematográ¿ ca. En ningún caso, se podrá agregar información que no haya sido requerida durante el proceso de subsanación de expedientes. De no subsanarse las observaciones en el plazo establecido, ello conllevará a la descali¿ cación del Proyecto presentado y su consecuente exclusión del concurso, la cual se formalizará a través de una Resolución de la DAFO, la misma que será noti¿ cada a la Empresa Cinematográ¿ ca, conforme a lo señalado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. Culminada la revisión de los expedientes y la subsanación de los mismos, la DAFO emitirá una resolución que consigne la relación de expedientes aptos para la evaluación y cali¿ cación de Jurado, la misma que será noti¿ cada de acuerdo con la Ley Nº 27444 y publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura. 11.5 EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE EXPEDIENTES El Jurado es la instancia que evalúa y cali¿ ca la calidad y factibilidad de los Proyectos (a partir de la documentación del Anexo Nº 3 del expediente), según su propio criterio. Sin perjuicio de ello, el Jurado considerará, entre otros, los siguientes criterios: • Dimensión cultural, social y/o artística del Proyecto • Originalidad del Proyecto • Aporte del Proyecto al desarrollo de la industria cinematográ¿ ca nacional • Aporte del Proyecto al fortalecimiento y visibilización de las culturas y lenguas originarias, en particular aquellas que se encuentren en peligro de desaparición. Pitching: Luego de la primera parte de evaluación de expedientes, el Jurado seleccionará un máximo de tres (3) Proyectos que pasarán a un pitching, el cual consiste en una presentación ante el Jurado, así como la oportunidad para aclarar cualquier duda. La DAFO remitirá una noti¿ cación a las Empresas Cinematográ¿ cas de los Proyectos ¿ nalistas, por escrito y/o por correo electrónico, invitándolas a participar y sustentar su Proyecto en el pitching de acuerdo al horario que se de¿ na. El postulante podrá presentarse acompañado hasta por dos (2) integrantes del equipo de producción y tendrá hasta diez (10) minutos para la presentación de su Proyecto. En caso alguno de los ¿ nalistas no pueda participar de manera presencial podrá optar por realizar el pitching por la vía virtual que indique la DAFO. Para ¿ nes de la presentación ante el Jurado, se podrá optar por usar material grá¿ co multimedia o audiovisual que no exceda los cinco (5) minutos de duración. El Jurado es autónomo para interpretar los criterios antes descritos, realizando una ponderación de ellos para cali¿ car a los ganadores, de acuerdo a su función y respetando lo establecido en la normativa cinematográ¿ ca vigente. Culminada la evaluación, el Jurado determinará a los ganadores, expidiendo el acta denominada “Acta de Evaluación Final del Jurado”, la misma que deberá estar debidamente motivada y será publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura. En caso el Jurado considere que los Proyectos presentados no cumplen con los criterios de evaluación, podrá declarar desierto el concurso. El fallo del Jurado es inapelable. La DAFO podrá realizar precisiones, de carácter formal, que no alteren el resultado del concurso, mediante una “Fe de Erratas del Acta de Evaluación Final del Jurado”. 11.6 DECLARACIÓN DE GANADORES El Director General de Industrias Culturales y Artes declarará a la Empresa Cinematográ¿ ca ganadora mediante Resolución Directoral, en base al “Acta de Evaluación Final del Jurado”, la misma que será publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura. Asimismo, la referida resolución será noti¿ cada, dentro del plazo y con las formalidades previstas en la Ley Nº