Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2014 (16/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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mediante Resolucion Suprema N° 004-2013-SA, el cargo de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Centro Medio es cargo de confianza por haber sido calificado como Empleado de Confianza; Que, mediante el articulo 7 de la Resolucion Jefatural N° 012-2014/SIS de fecha 13 de enero de 2014, se encargo al Medico Cirujano Anyilo MORDAZA MORDAZA el cargo de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Centro Medio; Que, estando el cargo de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Centro Medio vacante, resulta conveniente designar al profesional que ejercera el cargo y dar por concluido el encargo de funciones a que se refiere el parrafo anterior; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion de Recursos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594; el Decreto Legislativo N° 1057; la Ley N° 29849; el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, el Decreto Supremo N° 0652011-PCM; y, los numerales 11.8 y 11.9 del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar al Medico Cirujano Anyilo MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Centro Medio, a partir del 16 de diciembre de 2014. Articulo 2.- Dar por concluido el encargo de funciones dispuesto en el articulo 7 de la Resolucion Jefatural N° 012-2014/SIS, a partir del 16 de diciembre de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1177241-2

El Peruano Martes 16 de diciembre de 2014

Aprueban pago directo de prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 264-2014/SIS MORDAZA, 12 de diciembre de 2014 VISTOS: El Informe N° 033-2014-SIS-GNF-PCT con Proveido Nº 359-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional, el Informe N° 025-2014-SIS-OGTI-UTI-MGAV con Proveido N° 431-2014-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion, el Memorando N° 569-2014-SIS/ OGPPDO, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, con el cual informa la suscripcion de las Certificaciones de Credito Presupuestario N°s 1496 y 1497; y el Informe Nº 200-2014SIS/OGAJ/JIPL con Proveido N° 732-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11 de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77 y 78 de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras en el Ano Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud publicas podra establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, a traves del articulo 2 del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestacion economica de sepelio a nivel nacional; Que, de acuerdo al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/GNF, que regula el Pago de la Prestacion Economica de Sepelio para los Afiliados a los Regimenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolucion Jefatural N° 202-2013/SIS, se dispone que "La Oficina General de Administracion de Recursos, efectua el MORDAZA de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las Prestaciones Economicas de Sepelios, con la emision de la carta orden de habilitacion de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria"; Que, mediante Memorando N° 569-2014-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, informa de la emision de las Certificaciones de Credito Presupuestario 1496 y 1497, para el pago de las prestaciones economicas de sepelio correspondiente a las MORDAZA de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones economicas de sepelio, correspondientes al mes de diciembre del ano 2014; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL VEINTIDOS CON 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 4'627,022.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de diciembre 2014, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 4'606,672.00 S/. 20,350.00

S/. 4'627,022.00

Articulo 2.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", asi como coordinar con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion la publicacion en el MORDAZA del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1177241-3

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