Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2014 (16/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Martes 16 de diciembre de 2014

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EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de marzo del 2014, la Mocion de Orden del Dia presentada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre Proyecto de Ordenanza que Modifica la Ordenanza Nº 263-MDSJM que Regula el Comercio Ambulatorio en la Via Publica del distrito de San MORDAZA de Miraflores; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual es concordante con el Articulo 83º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que otorga facultades a las municipalidades de establecer las normas respecto del comercio ambulatorio. Que, en concordancia con la autonomia politica que ostentan las Municipalidades, el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas: en ese sentido, el Articulo 40º de la misma MORDAZA senala que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativo - municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Mocion de Orden de dia el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la modificacion del articulo 4 y 5 numerales 8 y 13 de la Ordenanza Nº 263-MDSJM de fecha 16 de diciembre del 2013 publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 07 de febrero del 2014, Ordenanza que regula el Comercio Ambulatorio en la via publica del distrito de San MORDAZA de Miraflores, a razon que se ha incurrido en error involuntario, siendo conveniente su modificacion. En conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades por Mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion de acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA: MODIFICACION DE LA ORDENANZA QUE REGULA EL COMERCIO AMBULATORIO EN LA VIA PUBLICA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- MODIFICAR, la Ordenanza Nº 263MDSJM de fecha 16 de diciembre del 2013 publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 07 de febrero del 2014, en su articulo 4º y 5º numerales 8) y 13), respectivamente, de la siguiente manera: Articulo 4º SUJETOS OBLIGADOS Los Comerciantes Ambulantes que ejercen actividades comerciales en la via publica autorizada debidamente reconocidos y empadronados por la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 5º DEFINICIONES 8.- COMERCIANTE AMBULANTE.- Persona Natural que se encuentra registrada y autorizada por la Autoridad Administrativa Municipal, para dedicarse de manera directa al expendio de los productos autorizados. No debe tener relacion laboral con sus proveedores y su patrimonio y/o capital de trabajo no debera de exceder de la una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT)

referida al MORDAZA regimen Municipal de Aplicacion de sanciones administrativas la cual no incluye el codigo de la sanciones administrativa y medidas complementarias por construcciones que se realicen en el periodo del 15 de diciembre al 15 de Abril. Que, con fecha 14 de marzo de 2014 se aprueba la Ordenanza Nº 262-2014-MDPH, la cual modifica las Ordenanzas Nºs. 023-2003-MDPH y 232 - 2012-MDPH e incluyen infraccion en el cuadro que establece tipificacion y escala de multas administrativas de la municipalidad. Que, en atencion a los requerimientos del distrito, se debera incluir dentro del Cuadro de Infracciones y Sanciones que refiere el Acuerdo de Concejo Nº1112008 y primeramente Aprobado por la Ordenanza Nº 984-MML, y la Ordenanza Nº167-MDPH, el cuadro que resume el proyecto de Ordenanza el cual tiene por objetivo reglamentar la sanciones a las construcciones que se realicen entre el periodo del 15 de Diciembre al 15 de MORDAZA, asi como establecer el codigo de infraccion, asignar el monto de la multa y establecer las medidas complementarias de la sancion a imponer. En uso de sus facultades conferidas numeral 8 del articulo 9º la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME del Concejo Municipal se expide la siguiente: ORDENANZA QUE INCLUYE EL CODIGO DE LA SANCION ADMINISTRATIVA Y COMPLEMENTARIA POR CONSTRUCCIONES QUE SE REALICEN ENTRE EL PERIODO DEL 15 DE DICIEMBRE AL 15 DE MORDAZA Articulo 1º.- Crease el Codigo de Sancion Administrativa y la Medida Complementaria segun el cuadro descrito, el cual formara parte de la Ordenanza Nº 984-MML, a la cual la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, se acogio, mediante Acuerdo de Concejo Nº 111-2008 y la Ordenanza Nº 167-MDPH.
CODIGO DESCRIPCION UNIDAD BASE MEDIDAS COMPLEMENTAREAS

Construir y/o Realizar Acabados 080225 En Temporada De Verano.

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Paralizacion y /o Demolicion. En caso de Reincidencia: Suspension de la Licencia de UIT construccion en el Periodo de Un ano.

Articulo 2º.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y a las demas areas administrativas, el cumplimiento de la presente. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de esta municipalidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1177348-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Modifican la Ordenanza Nº 263-MDSJM que regula el comercio ambulatorio en la via publica del distrito
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, mediante Oficio Nº 469-SG-MDSJM, recibido el 15 de diciembre de 2014). ORDENANZA Nº 267-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 28 de marzo de 2014

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