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El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 541990 Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre de la Nación, mediante Resolución Suprema, para Ofi ciales Generales de Armas y de Servicios; Que, con Resolución Directoral Nº 1078-2014- DIRGEN/DIREJPER-PNP del 24 de noviembre de 2014, se declararon las vacantes para el ascenso al grado de General de Armas y General de Servicios de la Policía Nacional del Perú - Promoción 2015; Que, el Cuadro de Ascenso ha sido formulado por la Junta Selectora para ascenso al Grado de General de Armas y General de Servicios de la Policía Nacional del Perú, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, cumpliendo con los procedimientos y reglas establecidas en el Decreto Legislativo N° 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento y por la aplicación de los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN, Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú y Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ascender al grado de General de Servicios Médico de la Policía Nacional del Perú, con efi cacia al 1 de enero de 2015, al Coronel de Servicios Médico de la Policía Nacional del Perú Carlos Enrique CONCHA CONCHA. Artículo 2º.- Otórguesele el Despacho correspondiente e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo; Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1183110-30 Aprueban el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1297-2014-IN/DGPP Lima, 29 de Diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 003780-2014/IN/DGPP del 24 de diciembre de 2014, a través del cual la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior propone la aprobación del Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1, del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre sus funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta, entre otros, su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM); Que, asimismo, de acuerdo a los numerales 71.2 y 71.3 del artículo 71 del referido Texto Único Ordenado, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; asimismo, los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir con las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1299-2011- IN/0301 se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2012- 2016 del Ministerio del Interior, que enuncia la visión y misión, identifi ca los valores institucionales, y articula los objetivos estratégicos generales con las metas al 2016; Que, con Resolución Ministerial N° 1524-2013-IN/ DGPP se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2013-2016 del Sector Interior, como instrumento orientador de la gestión sectorial que sirve de marco para priorizar los objetivos y acciones, así como hacer explícito y de conocimiento público los lineamientos de política que permitan mejorar la calidad del gasto de los organismos integrantes del Sector, los mismos que deben ser concordantes con sus respectivos planes estratégicos y operativos; Que, conforme a la Directiva N° 02-2013-IN-DGPP- DPP, Normas y Procedimientos para la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio del Interior, aprobada por Resolución Ministerial N° 056-2013-IN/DGPP, el Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de los distintos órganos del Ministerio del Interior a ser ejecutados en un período anual, orientado hacia los objetivos y metas institucionales; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprobó la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico – Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, que tiene por objetivo establecer los principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, de igual manera, en el artículo 18 de la Directiva N° 001-2014-CEPLAN se señala que el Plan Operativo Institucional es el documento elaborado por las entidades de la Administración Pública que toma como base la información generada en el Plan Estratégico Institucional – PEI, y que desagrega las acciones estratégicas identifi cadas en el PEI en actividades para un período determinado; Que, el literal d) del artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN, establece que la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto tiene por función, entre otras, conducir la formulación, evaluación y actualización de los planes estratégicos y planes operativos del Sector Interior, en el marco de las normas y lineamientos de política del Sector Interior; Que, el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2015 se encuentra articulado con los objetivos y actividades estratégicas del Plan Estratégico Sectorial Multianual