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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (30/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 541995 Tecnología e Innovación Tecnológica, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014; Que, mediante los Decretos Supremos Nº 062-2014- RE y Nº 078-2014-RE se modifi có el referido Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, en lo que respecta al pliego presupuestal Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, a fi n de incrementar las cuotas a favor del Centro Regional de Sismología para América del Sur – CERESIS y del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo – CYTED; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en los Decretos Supremos Nº 062-2014-RE y Nº 078-2014-RE, que modifi caron el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica a efectuar el pago de las siguientes cuotas: PLIEGO PRESUPUES- TARIO MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica US$ 20 000,00 Centro Regional de Sismología para América del Sur – CERESIS EUR 60 000,00 Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo – CYTED Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1183108-16 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 226-2014-RE Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 0458-2014-MINAGRI-SENASA, de 11 de diciembre de 2014, del Servicio Nacional de Sanidad REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN