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El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 541996 Agraria, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur – COSAVE; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 073-2014-RE se modifi có el referido Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, en lo que respecta al pliego presupuestal del Ministerio de Agricultura – Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de la cuota a favor del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur – COSAVE, de manera que permita fortalecer la integración fi tosanitaria regional y desarrollar acciones integradas, tendientes a resolver los problemas fi tosanitarios de interés común para los países miembros, entre los que se encuentra el Perú, lo cual es concordante con los objetivos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en el Decreto Supremo Nº 073-2014-RE, que modifi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria a efectuar el pago de la siguiente cuota: PLIEGO PRESUPUES- TARIO MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA US$ 55 900,00 Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur – COSAVE Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1183108-17 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 227-2014-RE Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 3167-2014-MINAGRI-OGPP/OCOPI, de 19 de noviembre de 2014, del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2014-RE se modifi có el referido Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, en lo que respecta al pliego presupuestal Ministerio de Agricultura y Riego; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de la cuota a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA, cuyos fi nes son estimular, promover y apoyar los esfuerzos de sus Estados miembros para lograr el desarrollo agrícola y el bienestar de las poblaciones rurales; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en el Decreto Supremo Nº 063-2014-RE, que modifi ca el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2014, de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Agricultura y Riego a efectuar el pago de la siguiente cuota: PLIEGO PRESUPUES- TARIO MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 013: Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI US$ 189 300,00 Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo