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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (30/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Martes 30 de diciembre de 2014 541986 cumpliendo con los procedimientos y reglas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento y por la aplicación de los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú y Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ascender al grado de General de Armas de la Policía Nacional del Perú, con efi cacia al 1 de enero de 2015, al Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú Roger Enrique Martín PAREDES JESSEN. Artículo 2º.- Otórguesele el Despacho correspondiente e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1183110-23 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2014-IN Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTO, el Acta de Propuesta de fecha 26 de noviembre de 2014, formulado por la Junta Selectora del Proceso de Ascenso por selección al grado de General de la Policía Nacional del Perú del año 2014 - Promoción 2015; CONSIDERANDO: Que, el artículo 172º de la Constitución Política del Perú, establece que los ascensos se confi eren de conformidad con la ley y que es el Presidente de la República el que otorga los ascensos de los Generales de la Policía Nacional del Perú, según propuesta del Instituto; Que, el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico. Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas; Que, el numeral 4) del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho al ascenso, de acuerdo a la Ley de la Carrera y de Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 2) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú concordante con lo dispuesto en el artículo 59 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN, establecen que el ascenso tiene por fi nalidad promover al personal al grado inmediato superior, en consideración a sus capacidades, conocimientos, habilidades y aptitudes, así como por la evaluación objetiva de sus méritos y deméritos registrados durante la carrera; Que, el artículo 57 del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre de la Nación, mediante Resolución Suprema, para Ofi ciales Generales de Armas y de Servicios; Que, con Resolución Directoral Nº 1078-2014- DIRGEN/DIREJPER-PNP del 26 de noviembre de 2014, se declararon las vacantes para el ascenso al grado de General de Armas y General de Servicios de la Policía Nacional del Perú - Promoción 2015; Que, el Cuadro de Ascenso ha sido formulado por la Junta Selectora para ascenso al Grado de General de Armas y General de Servicios de la Policía Nacional del Perú, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, cumpliendo con los procedimientos y reglas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento y por la aplicación de los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú y Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ascender al grado de General de Armas de la Policía Nacional del Perú, con efi cacia al 1 de enero de 2015, al Coronel de Armas de la Policía Nacional del Perú José Isidro BAELLA MALCA. Artículo 2º.- Otórguesele el Despacho correspondiente e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1183110-24 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 274-2014-IN Lima, 29 de diciembre de 2014 VISTO, el Acta de Propuesta de fecha 26 de noviembre de 2014, formulado por la Junta Selectora del Proceso de Ascenso por selección al grado de General de la Policía Nacional del Perú del año 2014 - Promoción 2015; CONSIDERANDO: Que, el artículo 172º de la Constitución Política del Perú, establece que los ascensos se confi eren de conformidad con la ley y que es el Presidente de la República el que otorga los ascensos de los Generales de la Policía Nacional del Perú, según propuesta del Instituto; Que, el artículo 1º del Título Preliminar de la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico. Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas; Que, el numeral 4) del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho al ascenso, de acuerdo a la Ley de la Carrera y de Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 2) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de