Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2014 (04/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano Sabado 4 de enero de 2014

Precisan la direccion de agencia de la Edpyme Inversiones La MORDAZA S.A. ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 7443-2013 MORDAZA, 19 de diciembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorizacion presentada por la Edpyme Inversiones La MORDAZA S.A. para que se modifique la direccion de una agencia ubicada en el departamento Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N" 6201-2013 del 16 de octubre de 2013, se autorizo a la Edpyme la apertura, entre otras, de la Agencia Paita ubicada en el distrito de Paita, provincia y departamento de Piura; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la modificacion de la direccion de la agencia solicitada; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolucion SBS N° 6285-2013 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar la direccion de la agencia ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, cuya apertura fue autorizada mediante Resolucion SBS N° 6201-2013 del 16 de octubre de 2013, en los terminos siguientes: - Dice: MORDAZA Las MORDAZA N° 100, distrito de Paita, provincia y departamento de Piura. - Debe decir: Jr, La MORDAZA N° 110, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 1033250-1

VISTO: El Informe Nº 832-2013-GAJ-MDSJM de fecha 04 de diciembre del 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 498-2013-SGTTSV-GDUMDSJM de la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad, el Informe Nº 077-2013-HMGR-SGTTSVGDU-MDSJM Proyecto de Decreto de Alcaldia para una Correcta Aplicacion de la Ordenanza Nº 217MDSJM; y, CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 217-MDSJM de fecha 06 de MORDAZA del 2012 se aprobo la Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores y en la Novena Disposicion Final y Transitoria, senala que se faculte al Senor MORDAZA que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Que, con Informe Nº 077-2013-HMGR-SGTTSVGDU-MDSJM de fecha 28 de noviembre del 2013, la Sub Gerencia de Transporte MORDAZA y Seguridad Vial, informa que actualmente en el distrito un porcentaje de vehiculos menores (mototaxis) de mas de diez (10) anos de fabricacion vienen brindando el servicio especial de traslado de personas y/o carga en forma informal, por motivo de que la Ordenanza Municipal Nº 217-2012-MDSJM, como se menciono, lo restringe en su articulo 39. Que, con Informe Nº 498-2013-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 28 de noviembre del 2013, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, solicita opinion legal en cuanto a si es viable o no la emision de un Decreto de Alcaldia en la cual se suprime el articulo 39 de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM. Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, al respecto, cabe resaltar que con Ordenanza Nº 217-MDSJM de fecha 06 de MORDAZA del 2012 se regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores, y en su articulo 39 dispone que: "La antiguedad MORDAZA de personas de permanencia en el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, sera de 10 anos contados a partir del 01 de enero del ano siguiente de su fabricacion. Que a partir de los 10 anos, para seguir prestando servicio de transporte especial de pasajeros de vehiculos menores, las unidades deberan pasar la prueba de ensayos no destructivos en la estructura. La permanencia del vehiculo menor en el servicio dependera del resultado de la prueba de ensayos no destructivos en la estructura, efectuada por la entidad correspondiente. Que, vencido el plazo MORDAZA de permanencia de los 10 anos y siempre y cuando no acredite la aprobacion de dicha prueba, la autoridad municipal de oficio procedera a la deshabilitacion, retiro y/o baja definitiva del vehiculo menor en el registro municipal. Que, una vez, procedida la baja definitiva a que se refiere el parrafo precedente, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, no podra habilitar el vehiculo menor en ninguna persona juridica autorizada por la municipalidad. Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal."

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Disponen la suspension del articulo 39° de la Ordenanza Nº 217-MDSJM, asi como sus efectos, en cuanto a la antiguedad MORDAZA de permanencia en el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores
DECRETO DE ALCALDIA Nº 24-2013-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 12 diciembre 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES

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