Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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una de las metas que le corresponden, e informados, segun sea el caso, por las entidades correspondientes. En caso la municipalidad no MORDAZA registrado y/o cumplido con los criterios e indicadores de evaluacion exigidos por las entidades competentes en forma oportuna, completa e idonea, se considerara como incumplida la meta correspondiente por parte de la municipalidad. Los criterios e indicadores a tener en cuenta para la evaluacion de las metas seran aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, previo informe de dicha Direccion General, como requisito para la asignacion de los recursos. 8.2 Los gobiernos locales podran presentar al Ministerio de Economia y Finanzas sus observaciones a los referidos resultados en los plazos y mecanismos que dicho Ministerio establezca, las cuales se analizaran con las entidades correspondientes y se procedera a la aprobacion de resultados complementarios de las evaluaciones observadas, sujetandose a la misma formalidad de aprobacion MORDAZA mencionada. La formulacion de observaciones unicamente podra estar referida a demostrar que se cumplieron con los criterios e indicadores de evaluacion de la meta dentro de los plazos establecidos por la presente MORDAZA, por lo que en este periodo de evaluacion de observaciones no se podra sustentar el cumplimiento de metas fuera del plazo. 8.3 Se realizaran dos evaluaciones en el ano 2014. La primera vinculada con el cumplimiento de metas al 31 de diciembre de 2013 y que estan establecidas en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal y cuyos ponderadores se encuentran en el Anexo 05 de la MORDAZA en mencion. La MORDAZA vinculada con el cumplimiento de metas del Plan de Incentivos que deben alcanzar las municipalidades al 31 de MORDAZA del ano 2014, asi como con los ponderadores, establecidos en los Anexos Nº 02 y 03 de la presente MORDAZA, respectivamente. 8.4 Asimismo, el presente Decreto Supremo establece las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre de 2014, con la finalidad de que estas puedan programar con la debida anticipacion sus actividades durante el citado ano para cumplir con las metas. Las metas asi como los ponderadores a utilizar para la asignacion de los recursos a las municipalidades estan senalados en el Anexo Nº 04 y Nº 05 respectivamente, que forman parte de la presente norma. Articulo 9.- De la asignacion y transferencia de los recursos del Plan de Incentivos a las municipalidades para el ano 2014 La asignacion de los recursos del Plan de Incentivos para el ano 2014 se realiza de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Los recursos del Plan de Incentivos se distribuyen en dos partes, cada una de ellas condicionada al cumplimiento de determinadas metas y a lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento senaladas en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. En cada parte se distribuye hasta el 50% de los recursos asignados al Plan de Incentivos para el ano 2014, teniendo en cuenta lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de los presentes Lineamientos. b) La Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas calcula el monto que corresponde a cada municipalidad en funcion al resultado de las evaluaciones del cumplimiento de las metas a que hace referencia el numeral 8.3 del articulo 8 de la presente MORDAZA y los ponderadores establecidos por el cumplimiento de las metas para cada evaluacion. En el caso de la primera evaluacion, los ponderadores utilizados se encuentran senalados en el Anexo Nº 05 del Decreto Supremo Nº 002-2013-EF. En el caso de la MORDAZA evaluacion, los ponderadores utilizados se encuentran senalados en el Anexo Nº 03 que forma parte de la presente norma.

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

c) Los montos que corresponden a cada municipalidad son transferidos mediante Decreto Supremo, con cargo a los recursos a que hace referencia el articulo 4 de los presentes Procedimientos, debiendose tomar en cuenta lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento de recursos vinculados a instrumentos de incentivos, a que se refiere la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. Articulo 10.- Recursos no asignados durante el ano 2014 10.1 Los recursos del Plan de Incentivos no asignados por incumplimiento de metas durante el ano 2014, son distribuidos de manera adicional entre aquellas municipalidades que cumplieron con todas las metas evaluadas durante dicho ano, conforme al numeral 8.3 del articulo 8 y a los demas lineamientos establecidos en los presentes Procedimientos. La metodologia para distribuir estos recursos se detalla en el Anexo Nº 06 de la presente norma. 10.2 La sumatoria de los recursos del Plan de Incentivos no asignados por aplicacion de la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modificada por la Ley Nº 30114, se mantienen en el presupuesto institucional del Ministerio de Economia y Finanzas, pudiendo ser transferidos a los Gobiernos Locales en base a la informacion que, conforme al articulo 11 siguiente, remita la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 11.- Informacion remitida por la Presidencia del Consejo de Ministros 11.1 La informacion que remita la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, conteniendo el listado actualizado y consolidado de Gobiernos Locales comprendidos bajo los alcances de la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modificada por la Ley Nº 30114, incluyendo de corresponder la variacion del referido listado, se efectua hasta el ultimo dia habil de cada mes. 11.2 Para efectos de la transferencia de recursos del Plan de Incentivos que se efectua a partir de los meses de MORDAZA y octubre del ano fiscal 2014, conforme a lo establecido en los presentes Procedimientos, se debera considerar la informacion remitida por la Secretaria de Descentralizacion en el mes inmediato anterior a la aprobacion de la respectiva transferencia. Articulo 12.- De los plazos para la transferencia de los recursos del Plan de Incentivos La transferencia de recursos a favor de las municipalidades que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2013, se realiza a partir del mes de MORDAZA del ano 2014. La transferencia de recursos a favor de las municipalidades que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de MORDAZA del ano 2014, se realiza a partir del mes de octubre del ano 2014. La aplicacion de lo MORDAZA indicado esta sujeta a la remision oportuna de la informacion a que se refiere la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modificada por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 de corresponder. Los recursos senalados en el numeral 10.1 del articulo 10 son transferidos a las municipalidades conjuntamente con los recursos por el cumplimiento de las metas correspondientes al 31 de MORDAZA del ano 2014. Los Gobiernos Locales que no hayan recibido los recursos del Plan de Incentivos correspondientes a la primera transferencia del presente ano fiscal, por efectos de lo dispuesto en la Nonagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, modificada por la Ley Nº 30114, podran acceder a dichos recursos siempre que no se encuentren incluidos en la

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