Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

514442
UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros : 2100 000,00 001 : U.N. Autonoma de Huanta - UNAH

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

: SUB TOTAL TOTAL EGRESOS

1 400 000,00 -------------------3 500 000,00 ============ 3 500 000,00 ============

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a su Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de enero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1039225-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del pliego Ministerio de Cultura
DECRETO SUPREMO Nº 012-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se aprobo entre otros el Presupuesto del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 9.2 del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene dentro de sus funciones formular, coordinar, ejecutar y supervisar las politicas relacionadas con el fomento de las artes MORDAZA, el cuidado del patrimonio artistico de la Nacion, la

promocion de la creacion artistica y el desarrollo de las industrias culturales; Que, asimismo el articulo 81 del citado Reglamento establece que la Direccion del Libro y la Lectura de la Direccion General de Industrias Culturales y Artes tiene entre sus funciones proponer, promover e implementar los planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promocion y difusion de la creacion literaria y del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportacion del libro peruano; asi como promover la participacion de los autores, editores, libreros y otros profesionales del libro en congresos, ferias, exposiciones y otros eventos nacionales e internacionales dedicados al libro y productos editoriales afines; Que, la Ley N° 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura tiene entre sus objetivos incentivar la creatividad de los autores peruanos, estableciendo los mecanismos necesarios para la difusion nacional e internacional de sus obras, asi como promover la difusion, dentro y fuera del territorio nacional, de los libros y productos editoriales afines producidos y/o editados en el MORDAZA, mediante cualquier tecnologia creada o por crearse; Que, asimismo, el articulo 11 de la citada Ley senala que entre las funciones del Consejo Nacional de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, PROMOLIBRO se encuentra la de promover la celebracion de convenios internacionales necesarios para incrementar la exportacion del libro peruano y productos editoriales afines, asi como la difusion del libro peruano a traves de las delegaciones diplomaticas del Peru en el extranjero, asi como tambien promover la participacion de los autores, editores y libreros peruanos en congresos, ferias, exposiciones y otros eventos nacionales e internacionales dedicados al libro y productos editoriales afines; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30028, Ley que modifica la Ley N° 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, senala que toda referencia a PROMOLIBRO, en la Ley N° 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, debe entenderse referida al Ministerio de Cultura; Que, la Feria Internacional del Libro de Bogota (FILBO) es el evento de promocion de la lectura y la industria editorial mas importante de Colombia, una de las tres ferias del libro mas importantes de MORDAZA Latina y la primera para la Region Andina; Que, dicha feria es organizada por el Centro Internacional de Negocios y Exposiciones (CORFERIAS) y la Camara Colombiana del Libro desde 1988 y cuenta con el apoyo de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Cultura y de Educacion de Colombia; la Alcaldia Mayor de Bogota a traves de las Secretarias de Cultura, Recreacion y Deporte, Educacion Distrital, y con el respaldo de empresas privadas y mixtas; por lo que ha resultado un proyecto determinante en la designacion de Bogota como capital mundial del libro en el 2007 y asimismo, fue designada por el concejo de dicha MORDAZA como bien de interes cultural para el pais; Que, mediante Carta de fecha 17 de MORDAZA de 2012, la Camara Colombiana del Libro cursa invitacion al Ministerio de Cultura, para que el Peru sea el MORDAZA invitado de honor en el 2014 en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota ­ FILBO; Que, mediante Oficio N° 83-2013-DM/MC, el Ministerio de Cultura, en el MORDAZA de la relevancia que implica su participacion en dicho evento para el MORDAZA y la industria editorial nacional, confirmo la participacion del Peru en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota ­ FILBO que se realizara del 29 de MORDAZA al 12 de MORDAZA del presente ano; Que, la participacion del Peru como MORDAZA invitado de honor significara la proyeccion internacional de la imagen del Peru, abrira oportunidades de comercio, exportacion y expansion para la industria editorial peruana, internacionalizacion de la obra de tradicion literaria peruana y de la obra de autores contemporaneos; lo que permitira estrechar y fortalecer aun mas los historicos y fraternales vinculos que nos unen con la nacion colombiana; Que, mediante Oficio N° 002-2014-DM/MC, el Ministerio de Cultura ha solicitado recursos adicionales para atender los gastos relacionados con la participacion de Peru como MORDAZA invitado de honor en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota ­ FILBO, senalando que para el cumplimiento de este objetivo requiere la suma de US$ 2 762 102,00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO DOS DOLARES AMERICANOS);

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.