Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2014 (22/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Miercoles 22 de enero de 2014

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administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra Carta Magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, el predio a habilitar cuenta con Declaratoria de Fabrica inscrita en la Partida Registral Nº 07061956 y esta ubicado en una MORDAZA consolidada contando con los servicios Basicos de Agua Potable, Alcantarillado y con el servicio de Energia Electrica Publica y domiciliaria; por lo que el inmueble cuenta con las condiciones de una Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, Que, en Relacion a los Planes Urbanos el inmueble se encuentra calificado con la zonificacion "I3"- Gran Industria, de conformidad con la Ordenanza 1099-MML, cumpliendo el terreno habilitar con el Area Minima reglamentaria; asi tambien en cuanto al Sistema Vial del Proyecto esta afecto a via metropolitana Av. La MORDAZA (tramo: Carretera Central-Los Damascos) de 35.00-38.00 ml aprobada con Ordenanza 1353-MML, del 15-03-2010 el presente proyecto tiene una seccion vial de 32.08 ml, cumpliendo con la variacion del +- 10% del ancho total de la seccion vial normativa minima del 35.00 ml de conformidad con el articulo MORDAZA de la Ordenanza 341MML. Asimismo el terreno tiene colindancia con la via local MORDAZA El MORDAZA la cual tiene una seccion vial existente 9.87 ml y proponiendo un ancho de 13.67 ml. En relacion a los Aportes Reglamentarios se establece el deficit de aporte para la Zonificacion Industrial teniendo como Area Bruta 2,719.75 m2 del cual corresponde para el aporte de Parques Zonales un area de 135.99 m2; Renovacion MORDAZA un area de 81.59 m2 y Otros Fines 54.40 m2 los cuales deberan de redimirse en dinero, previo a la Recepcion de Obra de conformidad con el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML, por consiguiente, el presente proyecto cumple con los Planes Urbanos Vigentes, Que, mediante Liquidacion Nº 287-2013-MDA/ GDU-SGHUE de fecha 30 de octubre de 2013, correspondiente al deficit del Aporte Reglamentario de Servicio Publico Complementarios de Otros Fines, para la zonificacion I3 y por derecho de licencia de Habilitacion MORDAZA, siendo la suma ascendente a S/.121,952.93 (fs.158-159), y mediante Recibo Nº 0012287625 (fs.179) de fecha 21/11/13, pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de dicha liquidacion, Que, mediante Informe Tecnico Nº 173-2013-MDA/ GDU-SGHUE-JDC de fecha 16 de diciembre de 2013, emitido por el Area Tecnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, informa que el presente tramite de Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA ejecutada es procedente; y que el administrado ha cumplido con presentar la documentacion y cancelar los pagos estipulados por el MORDAZA vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, Ordenanza Nº 341-MML, Nº 836MML, Nº 1099-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 084-2013-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolucion, suscrita por el profesional responsable, Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con registro C.A.P. 13110, el Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada con un area 2,719.75 m2 con Zonificacion Gran Industria "I - 3", ubicado en en la Parcela 3 de la

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgacion. En Pucallpa al primer dia del mes de octubre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los nueve dias del mes de octubre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1039949-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban proyecto de regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUB GERENCIA Nº 1499-2013-MDA/GDU-SGHUE Ate, 16 de diciembre de 2013 LA SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 25055 de fecha 12 de junio de 2013 seguido por INMOBILIARIA MORDAZA S. A. C. debidamente representado por don MORDAZA HIRAOKA MORDAZA, por el cual solicitan la Aprobacion de la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso de Gran Industria del terreno con un area de 2,719.75 m2 debidamente inscrito en la Partida Nº 07061956, ubicado en la Parcela 3 de la Manzana "D" Parcelacion Semi MORDAZA La MORDAZA del Fundo inquisidor y MORDAZA, Distrio de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su Articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y

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