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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2014 (26/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 26 de enero de 2014 515369 AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 25 de enero de 2014 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1042566-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Encargan el Despacho de la Presidencia de la República a la Primera Vicepresidenta de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2014-PCM Lima, 25 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 28 al 29 de enero del presente año, con el fi n de asistir a la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), que se realizará en la ciudad de La Habana, República de Cuba; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, en tanto dure la ausencia del Presidente de la República; De conformidad con el artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, del 28 al 29 de enero de 2014 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1042567-1 Autorizan viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a Cuba RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2014-PCM Lima, 25 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 28 al 29 de enero del presente año, con el fi n de asistir a la II Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), que se realizará en la ciudad de La Habana, República de Cuba; Que, en tal sentido y conforme al artículo 10º de la Ley Nº 30114 y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios públicos que integran la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República en lo que respecta al Despacho Presidencial, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la República de Cuba, del 28 al 29 de enero de 2014, y que está integrada por los siguientes funcionarios: • WILBERT HAYA ENRÍQUEZ, Director General de Protocolo del Despacho Presidencial. • CYNTHYA MURIEL MONTES LLANOS, Secretaria de Prensa del Despacho Presidencial. • JAIME ANTONIO HERRERA ARCE, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 315.00 diarios por persona, por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo primero deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1042567-2 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban “Lineamientos para la evaluación de solicitudes de revisión de deudas, por concepto de derecho de aprovechamiento correspondientes a zafras vencidas de los contratos de concesión forestal con fines maderables” y modifican el Reglamento de Refinanciamiento de deuda por derecho de aprovechamiento de contratos de concesión forestal con fines maderables RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0022-2014-MINAGRI Lima, 23 de enero de 2014