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El Peruano Martes 11 de febrero de 2014 516567 los criterios, alcance, frecuencia y metodología para coadyuvar en el éxito de los procesos de certifi cación. j) Otras funciones que le sean encomendadas por la Alta Dirección del Ministerio. Artículo 4°.- Todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo deberán brindar al Comité de Gestión de la Calidad el apoyo que éste requiera para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 5°.- Los documentos que elabore el Comité de Gestión de la Calidad serán difundidos al público en general a través del Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1048919-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Escuela de Conductores Integrales Vías del Sur E.I.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 5048-2013-MTC/15 Lima, 27 de noviembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 135173, 166455 y 173805, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VÍAS DEL SUR E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 135173 de fecha 17 de setiembre de 2013, la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES VÍAS DEL SUR E.I.R.L., en adelante La Empresa, solicita autorización, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con RUC N° 20539314999 y con domicilio en Av. Jhon F. Kennedy N° 1402, Urb. Jesús María, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, a fi n de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías II, III y Clase B Categoría II- c, así como el curso de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los cursos de Recategorización y Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III, en el referido documento solicita se considere los documentos presentados mediante Partes Diarios N°s. 028605 y 096337, con sus respectivos antecedentes;