TEXTO PAGINA: 14
El Peruano Martes 11 de febrero de 2014 516576 facultad de convertir y reubicar órganos jurisdiccionales, así como disponer acciones que puedan mejorar los servicios de administración de justicia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 038-2014 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar, a partir del 1 de marzo de 2014, el Juzgado de Paz Letrado con sede en la Comisaría de El Muyo, Distrito de Aramango, Provincia de Bagua, Corte Superior de Justicia de Amazonas, al Distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, como 2° Juzgado de Paz Letrado de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, del mismo Distrito Judicial. El citado órgano jurisdiccional tendrá igual competencia territorial que el actual Juzgado de Paz Letrado de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba. Artículo Segundo.- Modifi car, a partir del 1 de marzo del año en curso, la denominación del Juzgado de Paz Letrado de Bagua Grande como 1° Juzgado de Paz Letrado de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas. Artículo Tercero.- Disponer que la carga procesal, en trámite y ejecución, que deje el Juzgado de Paz Letrado reubicado sea asignada al Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Bagua, del mismo Distrito Judicial. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, Comisión Nacional de Descarga Procesal, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1048977-3 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de Vicepresidente y de Consejero Regional del Gobierno Regional de Ica RESOLUCIÓN Nº 006-2014-JNE Expediente Nº J-2013-01569 ICA Lima, dos de enero de dos mi catorce. VISTO el Ofi cio Nº 475-2013-GORE-ICA/CRI-SCR, presentado el 6 de diciembre de 2013 por José Fernando Valdez Loyola, secretario general del Gobierno Regional de Ica, solicitando la acreditación del vicepresidente de dicho gobierno regional y la convocatoria del accesitario, al haberse declarado la vacancia de José Luis Huasasquiche Gutiérrez, Vicepresidente del Gobierno Regional de Ica, por la causal contemplada en el artículo 30, numeral 1, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. ANTECEDENTES Con fecha 6 de diciembre de 2013, el secretario general del Gobierno Regional de Ica comunica que mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2013-GORE-ICA, de fecha 3 de diciembre de 2013, se declaró la vacancia del vicepresidente del gobierno regional, José Luis Huasasquiche Gutiérrez, por la causal de fallecimiento, causal prevista en el artículo 30, numeral 1, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y se aprobó la designación de Arturo Lorenzo Ramos Chávez como vicepresidente del Gobierno Regional de Ica, para completar el periodo de gestión regional 2011-2014. Con el Ofi cio del visto se adjuntaron copias autenticadas del Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2013-GORE- ICA (fojas 2 y 3), de la notifi cación de dicho acuerdo (fojas 4 y 5), del acta de defunción y del certifi cado de defunción, con los que se acredita el deceso del consejero regional José Luis Huasasquiche Gutiérrez (fojas 6 a 7 vuelta de autos), de la constancia de asistencia a la sesión extraordinaria del 28 de noviembre de 2013 (fojas 9), y del acta de la sesión extraordinaria del 28 de noviembre de 2013 (fojas 11 a 38). Posteriormente, con el Ofi cio Nº 497-2013-GORE- ICA/CRI-SCR el Secretario General remitió la copia autenticada de la constancia emitida por el Jefe (e) de la Unidad de Trámite Documentario que certifi ca que al 17 de diciembre de 2013 no se había presentado ningún recurso impugnativo en contra del Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2013-GORE-ICA (fojas 48). CONSIDERANDOS 1. De conformidad con el artículo 30 de la LOGR, la vacancia de los cargos de presidente, vicepresidente y consejeros regionales es declarada por el consejo regional, dando observancia del debido proceso y el respeto al ejercicio del derecho de defensa. 2. Mediante Resolución Nº 025-2004-JNE, se estableció que el artículo 30 de la LOGR, que dispone el procedimiento a seguir en casos de vacancia simultánea del presidente y vicepresidente regional, es aplicable, por analogía, para completar el número legal de miembros del Consejo Regional, por lo que, para otorgar la respectiva credencial a los accesitarios, se precisó lo siguiente: el cargo de vicepresidente regional será desempeñado por el consejero elegido por el consejo regional entre sus miembros hábiles, en sesión extraordinaria; el Jurado Nacional de Elecciones convocará al accesitario que reemplazará al consejero elegido para vicepresidente regional y que represente a la misma provincia que deja vacante. 3. De la revisión de los autos se aprecia que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2013-GORE-ICA, el Consejo Regional de Ica declaró la vacancia del cargo de vicepresidente regional por la causal de fallecimiento y, asimismo, aprobó la designación de Arturo Lorenzo Ramos Chávez en dicho cargo, acuerdo que no ha sido impugnado. En consecuencia, corresponde convocar a Arturo Lorenzo Ramos Chávez para que asuma el cargo de vicepresidente del Gobierno Regional de Ica. 4. Asimismo, habiendo quedado vacante el cargo de consejero regional, representante de la provincia de Ica, por asunción al cargo de Vicepresidente Regional, corresponde convocar a Freddy Luis Chávez García, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 21517015, accesitario al cargo de consejero regional de la provincia de Ica por la organización política Frente Regional Progresista Iqueño, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las elecciones regionales y municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,