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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (12/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Miércoles 12 de febrero de 2014 516592 • Nombres y apellidos completos ; • Domicilio real; • Monto de la multa señalada en el acto resolutivo; y • Monto de las fracciones de la multa, forma de pago y plazo. Artículo 14°.- Pérdida del fraccionamiento El incumplimiento del pago de más de dos (02) armadas consecutivas del monto fraccionado de la multa, dará lugar a la pérdida del benefi cio de fraccionamiento. Artículo 15°.- Ejecución de la Resolución Administrativa El incumplimiento de pago de la multa vencido el plazo de cinco (05) días hábiles otorgado por la Ofi cina General de Administración o la pérdida del benefi cio de fraccionamiento, dará lugar al inicio de la ejecución de la resolución administrativa. Para tal fi n, los actuados serán remitidos a la Procuraduría Pública a fi n que solicite la ejecución de la resolución administrativa ante el órgano jurisdiccional competente. Artículo 16°.- Extinción de la sanción de multa La sanción de multa se extingue por: a) El pago de la multa. b) Muerte del sancionado. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- El presente Reglamento es de aplicación a los procedimientos en trámite, en el estado en que se encuentren. 1049291-1 Aprueban Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0027-2014-JUS Lima, 11 de febrero de 2014 VISTOS, el Informe N.º 007-2014-JUS/OGPP-OP, y los Ofi cios Nºs. 114-2014-JUS/OGPP-OP y 204-2014- JUS/OGPP-OP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N.º 073-2014-JUS/OGAJ, y el Ofi cio N.º 053-2014-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 304-2012-EF, dispone que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante, entre otros, con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71º del mencionado Texto Único Ordenado, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a la escala de prioridades; Que, el numeral 71.3 del artículo 71º del acotado Texto Único Ordenado, refi ere que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Resolución Ministerial N.º 0053-2013- JUS, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2013-2017 del Sector Justicia y Derechos Humanos y mediante Resolución Ministerial N.º 0069-2013- JUS, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2013- 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012- JUS, señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, es el órgano de administración interna encargado de conducir los procesos de planeamiento, desarrollo organizacional, programación de inversiones y presupuesto conforme a las normas legales vigentes; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe N.º 007-2014-JUS/OGPP-OP y el Ofi cio N.º 204-2014-JUS/OGPP-OP, remite el proyecto del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2014; Que, el POI del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2014, se encuentra articulado con los objetivos y actividades estratégicas del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2013-2017 del Sector Justicia, y con el presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras a través de las metas presupuestales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Que, a efecto de cumplir con los objetivos trazados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se hace necesario aprobar el POI para el Año 2014; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2014, documento que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la programación de las tareas consideradas en el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2014, es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los órganos o unidades orgánicas del Ministerio. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2014, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su Anexo, en el Portal Institucional (www. minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1049293-1 SALUD Disponen la pre publicación del Proyecto de Reglamento del Servicio de Guardia y el Proyecto de Decreto Supremo que lo aprobaría, en el portal institucional del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2014/MINSA Lima, 10 de febrero del 2014