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El Peruano Miércoles 26 de febrero de 2014 517546 o de los Gobiernos Regionales, con las que el SIS tenga fi rmado convenios y estén vigentes, podrán solicitar a la Sede Central del SIS ser evaluados bajo el mecanismo de la presente norma, debiendo cumplir con los requisitos establecidos, incluso si se solicita la evaluación física del 100% de las prestaciones y/o de sus reconsideraciones.” Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y la coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información para la publicación en la página web del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese; PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1054582-2 Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de febrero de 2014 RESOLUCION JEFATURAL Nº 054 -2014/SIS Lima, 24 de Febrero de 2014 VISTOS: El Informe N° 001-2014-SIS-GNF-PCT-LLA con Proveído Nº 032-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, el Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 032-2014-SIS/OGAJ/ JIPL con Proveído N° 089-2014-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en el numeral 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras en el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, por Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea al Seguro Integral de Salud como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afi liados; Que, a través del artículo 2° del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional; Que, por Resolución Ministerial N° 910-2011/MINSA, se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que “Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las prestaciones”; Que, de acuerdo al párrafo precedente y al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/ GNF, que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio para los Afi liados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural N° 202-2013/SIS, se dispone que “La OGAR, efectúa el proceso de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las Prestaciones Económicas de Sepelios, con la emisión de la carta orden de habilitación de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria”; Que, con Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certifi caciones de Crédito Presupuestal N°s 0144 y Nº 0156 para el pago de las prestaciones económicas de sepelio correspondientes a las fuentes de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas de sepelio, correspondientes al mes de febrero del 2014; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 70/100 NUEVOS SOLES, (S/. 7’345,697.70) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de febrero 2014, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios S/. 7’325,997.70 09-Recursos Directamente Recaudados S/. 19,700.00 TOTAL S/. 7’345,697.70 Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como coordinar con la Ofi cina General de Tecnología de la Información la publicación en el Portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, Comuníquese y Publíquese; PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1054582-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Modifican literal del numeral 6.12 de las Disposiciones Específicas de la “Directiva que regula la selección de personal bajo el régimen laboral de la actividad privada en la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN” RESOLUCIÓN Nº 020-2014/SBN San Isidro, 20 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe Nº 011-2014/SBN-OAF-SAPE de fecha 10 de febrero de 2014, del Sistema Administrativo de Personal, y el Informe Especial Nº 0122-2014/SBN-