Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2014 (27/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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sus respectivas adendas o modificatorias, celebrados con otra entidad, sea esta publica o privada, respecto de los derivados de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA y la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios. b) Suscribir contratos y minutas, respecto de concesiones forestales maderables, no maderables, de ecoturismo, de conservacion y de fauna silvestre. Articulo 2.- Delegacion de facultades en el(la) Viceministro(a) de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego Delegar en el(la) Viceministro(a) de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, la facultad de suscribir Convenios de Cooperacion Interinstitucional, Acuerdos, Memoranda o Cartas de Entendimiento, asi como sus respectivas adendas o modificatorias, celebrados con otra entidad, sea esta publica o privada, respecto de los derivados de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, la Direccion General de Competitividad Agraria y la Direccion General de Infraestructura Hidraulica. Articulo 3.- Delegacion de facultades en el(la) Secretario(a) General Delegar en el(la) Secretario(a) General del Ministerio de Agricultura y Riego, las facultades siguientes: a) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administracion Central. b) Aprobar la formalizacion de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, a que se refiere el articulo 40 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Articulo 4.- Delegacion de facultades en los Directores Ejecutivos de los Proyectos Especiales Delegar en los Directores Ejecutivos de los Proyectos Especiales que se mencionan a continuacion, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora a su cargo: - Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes Unidad Ejecutora 014. - Proyecto Especial Jequetepeque Zana - Unidad Ejecutora 015. - Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur - Unidad Ejecutora 016. - Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - Unidad Ejecutora 017. - Proyecto Especial Binacional Rio Putumayo - Unidad Ejecutora 018. - Proyecto Especial MORDAZA San MORDAZA Bagua - Unidad Ejecutora 019. - Proyecto Especial Alto Huallaga - Unidad Ejecutora 020. - Proyecto Especial Pichis Palcazu - Unidad Ejecutora 021. Articulo 5.- Delegacion de facultades en los Directores Ejecutivos de los Programas Delegar en los Directores Ejecutivos de los Programas que se mencionan a continuacion, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora a su cargo: - Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI) - Unidad Ejecutora 006. - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRO RURAL) - Unidad Ejecutora 011. - Programa de Compensaciones para la Competitividad (PCC) - Unidad Ejecutora 012. Articulo 6.- Delegacion de facultades en el(la) Director(a) General de la Oficina de Administracion Delegar en el(la) Director(a) General de la Oficina de Administracion, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administracion Central, las facultades siguientes: 6.1 En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar y modificar el Plan Anual de Contrataciones; asi como evaluar y supervisar su ejecucion, previa conformidad de la Secretaria General.

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014

b) Aprobar la estandarizacion para la contratacion de bienes y servicios. c) Aprobar los Expedientes de Contratacion de todo MORDAZA de procesos de seleccion para la contratacion de bienes, servicios y obras. d) Autorizar la participacion de expertos independientes en los Comites Especiales. e) Designar a los integrantes de los Comites Especiales y/o Comites Especiales Permanentes de todo MORDAZA de procesos de seleccion para la contratacion de bienes, servicios y obras; asi como su reconformacion, previa conformidad de la Secretaria General. f) Aprobar las Bases de los procesos de seleccion correspondientes a Adjudicacion Directa, Concurso Publico y Licitacion Publica para la contratacion de bienes, servicios y obras. Dicha facultad incluye la aprobacion de las Bases derivadas de las exoneraciones de procesos de seleccion. g) Aprobar la asignacion suficiente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro a aquellos postores, cuyas ofertas economicas superen el valor referencial en procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA previsto en la normativa de contratacion publica. h) Cancelar total o parcialmente los procesos de seleccion convocados para la contratacion de bienes, servicios y obras. i) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta el limite previsto en las normas de contrataciones del Estado. j) Autorizar la reduccion de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta el limite previsto en las normas de contrataciones del Estado. k) Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo contractual en el caso de bienes, servicios y obras. l) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia. m) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comision de una infraccion por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones. n) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de seleccion a entidades publicas u organismos internacionales, asi como aprobar el Expediente de Contratacion y las Bases en calidad de Entidad encargante. o) Emitir pronunciamiento, observando, elaborando otra y/o aprobando la liquidacion de los Contratos de Obra, regulados por las normas de contrataciones del Estado. p) Aprobar la liquidacion tecnica y financiera de las Obras Publicas ejecutadas por Administracion Directa. 6.2 En materia administrativa y recursos humanos a) La representacion legal del Ministerio ante cualquier MORDAZA de autoridad administrativa, distinta de la que goza el Procurador Publico, regulada por el Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017- 2008- JUS. b) Suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto relacionado con los fines de la institucion, y sus respectivas adendas, vinculados con las funciones propias de la Oficina de Administracion, distintos de los contratos derivados de los procesos de seleccion. Dicha facultad comprende tambien la de suscribir convenios o contratos referidos al reconocimiento de deudas distintas a operaciones de endeudamiento publico, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. c) Suscribir los contratos sujetos a las disposiciones reguladas en el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria N° 063- 2007CG. d) Suscribir Convenios de Apoyo o de Cooperacion Interinstitucional con Entidades del Estado y privadas, asi como suscribir la ampliacion de la vigencia o renovacion de los Convenios correspondientes al ejercicio anterior, a fin de garantizar la continuidad de los proyectos de inversion publica, lo que debera cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al presupuesto para el Ejercicio Fiscal correspondiente y demas disposiciones legales sobre la materia, previa conformidad del organo que se encargara

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