Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2014 (27/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014

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ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION REGALIA MINERA ENERO 2014

Que, el numeral 2.1 del articulo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los sujetos de la actividad minera MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas determinara los indices de distribucion de la regalia minera del ultimo mes y/o del ultimo trimestre, segun sea el caso, los que seran aprobados mensualmente a traves de una Resolucion Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales de este Ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base de la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio N° 060-2014-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 10-2014-SUNAT/ 4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 0016-2014-P, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera del mes de enero de 2014, segun lo indicado en el Informe N° 0302014-EF/64.03; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2014; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 Ley de Regalia Minera y sus modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2014, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2014 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial y su respectivo Anexo seran publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES TOTAL GOBIERNOS LOCALES MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALTO MORDAZA MORDAZA CAYMA CERRO COLORADO CHARACATO CHIGUATA MORDAZA MORDAZA LA JOYA MORDAZA MORDAZA MIRAFLORES MOLLEBAYA PAUCARPATA POCSI POLOBAYA QUEQUENA SABANDIA SACHACA SAN MORDAZA DE MORDAZA SAN MORDAZA DE TARUCANI MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA SOCABAYA TIABAYA UCHUMAYO MORDAZA YANAHUARA YARABAMBA YURA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y RIVERO CAMANA CAMANA MORDAZA MORDAZA QUIMPER MORDAZA MORDAZA VALCARCEL MARISCAL MORDAZA MORDAZA DE PIEROLA OCONA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARAVELI CARAVELI ACARI MORDAZA ATIQUIPA MORDAZA UNION CAHUACHO CHALA

INDICE

1.0000000000

0.0041992226 0.0120609589 0.0143940913 0.0502987280 0.0041076421 0.0017257116 0.0064580352 0.0162907376 0.0095458816 0.0067472059 0.0011674038 0.0191117940 0.0003348266 0.0008879694 0.0006978874 0.0021413280 0.0073623433 0.0010528778 0.0014555041 0.0009120747 0.0036489078 0.0149937430 0.0060728020 0.0040527926 0.0017217603 0.0019519870 0.0007890643 0.0171425486 0.0066632212

0.0035552190 0.0024946631 0.0046727545 0.0039079338 0.0025365253 0.0026413925 0.0004893266 0.0065759352

0.0009089926 0.0022448327 0.0024944177 0.0006451839 0.0045376880 0.0005685653 0.0044917502

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