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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (27/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Jueves 27 de febrero de 2014 517591 Aprueban Índices de Distribución del Canon Gasífero para el año 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2014-EF/15 Lima, 26 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, crea el canon a la explotación del gas natural y condensados de gas denominado Canon Gasífero, el que benefi ciará a la circunscripción donde se encuentra ubicado geográfi camente el recurso natural; Que, el citado artículo dispone que el Canon Gasífero se compone del 50% del Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las empresas que realizan actividades de explotación de gas natural, del 50% de las regalías por la explotación de tales recursos naturales, y de un porcentaje de los ingresos que obtiene el Estado por la explotación de estos recursos naturales provenientes de contratos de servicios, de ser el caso. El porcentaje aplicable según contrato será fi jado por decreto supremo; Que, el literal c) del artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modifi catorias, señala que el Canon Gasífero está constituido por el 50% del Impuesto a la Renta, el 50% de las regalías provenientes de los contratos de licencia así como del 50% del valor de realización o venta descontados los costos hasta el punto de medición de la producción en los contratos de servicios, derivados de la explotación de gas natural y condensados; Que, asimismo, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Nº 27506 y sus modifi catorias; establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon; Que, en ese sentido, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 223- 2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución del Canon Gasífero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante Ofi cio Nº 060-2014-INEI/DTDIS y por el Ministerio de Energía y Minas a través del Ofi cio N° 049-2014-MEM/ VME, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución del Canon Gasífero para el año 2014 proveniente de regalías y la participación del Estado en los contratos de servicios, según lo indicado en el informe N° 032-2014-EF/64.03; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes es conveniente aprobar los Índices de Distribución del Canon Gasífero para el año 2014 proveniente de regalías y la participación del Estado en los contratos de servicios; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27506, Ley de Canon, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modifi catorias, y el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Índices de Distribución del Canon Gasífero para el año 2014, proveniente de regalías y la participación del Estado en los contratos de servicios, a ser aplicados a las municipalidades provinciales, distritales y gobiernos regionales del país benefi ciados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO INDICES DE DISTRIBUCIÓN CANON GASÍFERO 2014 PROVENIENTE DE REGALÍAS Y LA PARTICIPACIÓN DEL ESTADO EN LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB.REGIONAL/ GOB.LOCAL ÍNDICE TOTAL 1.0000000000 GOBIERNOS LOCALES CUSCO CUSCO CUSCO 0.0146434587 CCORCA 0.0011647095 POROY 0.0033607193 SAN JERONIMO 0.0080446338 SAN SEBASTIAN 0.0156052463 SANTIAGO 0.0138016032 SAYLLA 0.0012768688 WANCHAQ 0.0032583630 ACOMAYO ACOMAYO 0.0022169963 ACOPIA 0.0006456642 ACOS 0.0009734034 MOSOC LLACTA 0.0010644371 POMACANCHI 0.0035697610 RONDOCAN 0.0010071298 SANGARARA 0.0013875263 ANTA ANTA 0.0061302196 ANCAHUASI 0.0030559648 CACHIMAYO 0.0007449169 CHINCHAYPUJIO 0.0019133367 HUAROCONDO 0.0024450319 LIMATAMBO 0.0050840114 MOLLEPATA 0.0010462559 PUCYURA 0.0014223537 ZURITE 0.0012506577 CALCA CALCA 0.0065836631 COYA 0.0015923781 LAMAY 0.0019969679 LARES 0.0035326490 PISAC 0.0036772607 SAN SALVADOR 0.0025183572 TARAY 0.0023649549 YANATILE 0.0055271347