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El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 527023 Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados. Artículo 4°.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1105549-1 Aprueban transferencias de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión sonora educativa en OM a favor de Cadena Radio Visión E.I.R.L. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 375-2014-MTC/03 Lima, 16 de junio del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2014-009082 del 10 de febrero de 2014, mediante el cual el señor FRANCISCO CÓRDOVA RODRÍGUEZ, solicita aprobación de la transferencia de autorización que le fuera otorgada por Resolución Viceministerial N° 1038-2007-MTC/03, a favor de la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial N° 1038-2007- MTC/03 del 11 de diciembre de 2007, se otorgó al señor FRANCISCO CÓRDOVA RODRÍGUEZ autorización por el plazo de diez (10) años, que incluyó un período de instalación y prueba de doce meses improrrogables, para operar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Piura-Sechura- Sullana, departamento de Piura; Que, con escrito de registro Nº 2014-009082 del 10 de febrero de 2014, el señor FRANCISCO CÓRDOVA RODRÍGUEZ, solicitó la aprobación de la transferencia de su autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 1038-2007-MTC/03, a favor de la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se confi gure alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informes N° 1027-2014- MTC/28 y N° 1131-2014-MTC/28, opina que procede aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 1038-2007-MTC/03 al señor FRANCISCO CÓRDOVA RODRÍGUEZ, a favor de la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L.; y reconocer a ésta como nueva titular de la citada autorización; al haberse verifi cado que cumple con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002- MTC y sus modifi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor FRANCISCO CÓRDOVA RODRÍGUEZ mediante Resolución Viceministerial Nº 1038-2007- MTC/03, a favor de la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización. Artículo 2°.- Reconocer a la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 1038- 2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1105550-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 404-2014-MTC/03 Lima, 19 de junio del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2014-009072 del 10 de febrero de 2014 presentado por el señor FRANCISCO CORDOVA RODRIGUEZ, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 841-2010-MTC/03, a favor de la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 841-2010- MTC/03 del 02 de noviembre de 2010, se otorgó autorización al señor FRANCISCO CORDOVA RODRIGUEZ, por el plazo de diez (10) años, que incluye un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Huancayo – Jauja – Concepción – Chupaca, departamento de Junín; Que, con escrito de visto, el señor FRANCISCO CORDOVA RODRIGUEZ, solicita se apruebe la transferencia de la autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 841-2010- MTC/03, a favor de la empresa CADENA RADIO VISIÓN E.I.R.L.;