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El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 527031 de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones, la Dirección de Regulación y Promoción y la Asesoría Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 450-2014-MTC/12.04, Nº 186-2014-MTC/12.07, Nº 385-2014-MTC/12.08 y Nº 455-2014-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el texto de la Norma Técnica Complementaria denominada “Sistema de Notifi cación Voluntaria y Confi dencial (SINOV)”, que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER HURTADO GUTIÉRREZ Director General de Aeronáutica Civil ( e) NORMA TÉCNICA COMPLEMENTARIA NTC : 004 – 2014 FECHA : 19/06/2014 REVISIÓN : ORIGINAL ORIGINADA POR : DGAC/SOP TEMA: SISTEMA DE NOTIFICACION VOLUNTARIA Y CONFIDENCIAL (SINOV) 1. ANTECEDENTES: 1.1 A fi n de mantener los riesgos para la seguridad operacional en un nivel aceptable con niveles de actividad más elevados, las prácticas modernas de gestión de la seguridad operacional están dejando de actuar por reacción, para actuar de un modo más preventivo. 1.2 Además de un marco sólido de leyes y requisitos reglamentarios basados en los SARPS de la OACI, y de hacer cumplir esos requisitos, existen varios otros factores, que se consideran efectivos para la gestión de la seguridad operacional. Uno de estos factores es la creación de sistemas para recopilar, analizar y compartir datos relacionados con la seguridad operacional provenientes de operaciones normales. 1.3 El Programa de Seguridad Operacional del Estado Peruano (SSP) ha establecido políticas y objetivos de la seguridad operacional; para estos fi nes la Dirección General de Aeronáutica Civil se compromete entre otros a: • Establecer un sistema efectivo de notifi cación obligatoria, voluntaria y confi dencial así como adecuadas y efi cientes comunicaciones de la seguridad operacional. • Fomentar sistema de notifi cación abierta y la adopción de las medidas necesarias para la protección de los datos recolectados con el único fi n de mejorar la seguridad operacional. 2. OBJETIVO: 2.1 El objetivo clave del sistema de notifi cación voluntaria y confi dencial del Peru es mejorar la seguridad operacional de la aviación mediante la recopilación de informes sobre defi ciencias reales o posibles de la seguridad operacional que, de lo contrario, podrían no informarse mediante otros canales. Tales informes pueden implicar los sucesos, los peligros o las amenazas pertinentes a la seguridad operacional de la aviación. 2.2 Este sistema no elimina la necesidad de la notifi cación obligatoria de accidentes e incidentes con aeronaves, según las regulaciones existentes. Se alienta a que los notifi cadores usen el sistema de notifi cación voluntaria del SMS interno de su organización, donde corresponda, a menos que no tengan acceso a tal sistema o el incidente o peligro se considere que va más allá del alcance del ámbito de la organización. 3. APLICABILIDAD 3.1 Si pertenece a alguno de estos grupos, puede contribuir con la mejora de la seguridad operacional de la aviación mediante el SINOV al notifi car suceso, peligros o amenazas en el sistema de la aviación: a) Miembros de la tripulación de vuelo y de la cabina b) Controladores de tránsito aéreo; c) Ingenieros, técnicos, o mecánicos de aeronaves con licencia FAA o DGAC; d) Empleados de organizaciones de mantenimiento, diseño y fabricación; e) Personal de explotadores de servicios especializados aeroportuarios f) Personal de aeródromo; g) Personal de aviación general. 4. DEFINICIONES: Accidente. Se entiende por accidente de aviación todo suceso relacionado con la utilización de una aeronave, que ocurre dentro del período comprendido entre el momento en que una persona sube a bordo de la aeronave, con intención de realizar un vuelo y el momento en que todas las personas han desembarcado de la misma, durante el cual: a) Cualquier persona sufre lesiones mortales o graves, o b) La aeronave sufre daños o roturas estructurales, o c) La aeronave desaparece o es totalmente destruida Explotador: se denomina explotador de la aeronave a la persona natural o jurídica que la utiliza legítimamente por cuenta propia, aún sin fi nes de lucro, conservando su condición técnica y la dirección de la tripulación. Incidente. Todo suceso relacionado con la utilización de una aeronave, que no llegue a ser un accidente, que afecte o pueda afectar la seguridad de las operaciones. Incidente grave: Incidente en el que intervienen circunstancias que indican que casi ocurrió un accidente. Peligro: Condición, objeto o actividad con el potencial de causar la lesión al personal, daño al equipo o estructuras, pérdida de material o reducción de la capacidad de realizar una función establecida. Programa de seguridad operacional del Estado (SSP): Es el conjunto integrado de reglamentación y actividades destinadas a mejorar la seguridad operacional. Comprende actividades especifi cas de seguridad operacional que debe realizar el Estado y reglamentos y directrices promulgados por el Estado para apoyar el cumplimiento de sus responsabilidad con respecto a la realización segura y efi ciente de las actividades de aviación civil en el Estado. Se establece con el propósito de lograr un nivel aceptable de seguridad operacional (ALoS). Proveedores de servicio aeronáuticos (PSA): Son los que proveen servicios aeronáuticos dentro del sistema aeronáutico, tales como los explotadores de servicio de transporte aéreo, las organizaciones de mantenimiento aeronáutico, centros de Instrucción de Aeronáutica Civil, explotadores de aeródromos y proveedores de servicio de tránsito aéreo, entre otros. Seguridad operacional: Es el estado en que el riesgo de lesiones a las personas o daños a los bienes se reduce y se mantiene en un nivel aceptable, o por debajo del mismo, por medio de un proceso continuo de identifi cación de peligros y gestión de riesgos. Servicios Especializados Aeroportuarios. Servicios prestados dentro y fuera de la plataforma, por operadores de servicios aeroportuarios nacionales e internacionales vinculados a servicios prestados directamente a aeronaves o con ocasión del transporte aéreo, cuando para su ejecución se utilizan equipos e infraestructura especializada. Sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS). Enfoque sistemático para la gestión de la seguridad operacional, que incluye las estructuras organizativas, líneas de responsabilidad, políticas y procedimientos necesarios.