Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 82

527024
Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobada la transferencia y reconocido el MORDAZA titular, este asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorizacion; Que, mediante Informe N° 1219-2014-MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que debe aprobarse la transferencia de autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 841-2010MTC/03 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a favor de la empresa CADENA RADIO VISION E.I.R.L., y reconocer a esta MORDAZA como titular de la citada autorizacion; al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorizacion solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 841-2010-MTC/03, a favor de la empresa CADENA RADIO VISION E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionado a dicha autorizacion. Articulo 2°.- Reconocer a la empresa CADENA RADIO VISION E.I.R.L., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 841-2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1105583-1

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

VISTO, el escrito de registro Nº 2013-018189, mediante el cual la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., solicito la renovacion de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1392006-MTC/03 del 23 de marzo de 2006, se renovo la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial N° 12394-TCC/15.17 a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con vencimiento al 16 de setiembre de 2013; Que, mediante escrito de registro N° 2013-018189 del 26 de marzo de 2013, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicito la renovacion de la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial N° 139-2006MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, senala que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; verificandose en el presente caso, que la solicitud de renovacion fue presentada el 26 de marzo de 2013, esto es, dentro del plazo establecido; Que, mediante Informe N° 3784-2013-MTC/29.02 del 20 de noviembre de 2013, sustentado en el Acta de Inspeccion Tecnica N° 479-2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 15 de noviembre de 2013, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., indicando que la administrada se encuentra prestando el servicio conforme a las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion; asimismo, se verifico que cumple con su proyecto de comunicacion; Que, mediante Informe N° 1203-2014MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde renovar la autorizacion renovada por Resolucion Viceministerial N° 139-2006-MTC/03 a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que la solicitante no ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial Nº 139-2006MTC/03, a favor de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 16 de setiembre de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debe haber efectuado

Renuevan autorizacion otorgada a Radio Panamericana S.A. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 377-2014-MTC/03 MORDAZA, 16 de junio del 2014

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.