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El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 527035 Que, el Decreto Supremo N° 003-2013-IN que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, establece en el literal l) de su artículo 8 como funciones de la Jefatura Nacional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, la de emitir resoluciones, aprobar directivas y demás disposiciones normativas de su competencia, que regulen el adecuado funcionamiento de la ONAGI; Que, de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria Final y Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, se aprecia que se faculta a la Jefatura Nacional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior a expedir resoluciones, directivas o disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento e implementación de lo estipulado en los precitados instrumentos de gestión; Que, siendo el caso que el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior establece en su artículo 65 que la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, a través de sus direcciones, supervisa, fi scaliza e impone sanciones por las infracciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1140; resulta siendo pertinente que por lo expuesto en los considerandos precedentes el Jefe Nacional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior expida el acto correspondiente con la fi nalidad de aprobar el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, el mismo que tiene la viabilidad correspondiente expresada en los informes de vistos; Con el visto de la Directora General de la Dirección General de Autorizaciones especiales y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría General de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1140 –Decreto Legislativo que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior-, el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N°003-2013-IN y la Ley N° 27444 –Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Reglamento de Infracciones y Sanciones y del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación y difusión del “Reglamento de Infracciones y Sanciones y del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior” que por esta Resolución se aprueba, en el Portal Institucional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1106208-1 AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 007-2014-ACFFAA Lima, 4 de julio de 2014 VISTO, el Informe N° 001-2014-ACFFAA/SG; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planifi car, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, así como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero, con personería jurídica de derecho público, autonomía funcional, económica, y administrativa, constituyendo un pliego presupuestal; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2014-DE, de fecha 30 de marzo de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Resolución Suprema N° 077-2014- DE, de fecha 23 de febrero de 2014, se designó al señor Javier Briceño Carpio en el cargo de Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 001- 2014-ACFFAA, de fecha 03 de abril de 2014, se designó al señor José Ernesto Vidal Fernández, en el cargo de Secretario General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 17 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-DE, defi ne a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto como el órgano de asesoramiento encargado de conducir los procesos de planeamiento, programación y presupuesto institucional, desarrollo organizacional, racionalización y normatividad, de conformidad a las normas legales vigentes sobre la materia; Que, el artículo 20 del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Unidad de Planeamiento y Presupuesto es la encargada de formular, supervisar y evaluar el Plan Estratégico de Compras de las Fuerzas Armadas, así como de los planes y programas de competencia de la Agencia. Conduce el proceso presupuestario de la Agencia, de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia; Que, el artículo 22 del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Unidad de Racionalización es la encargada de contribuir al desarrollo institucional a través del diseño de modelos organizacionales, formular y aplicar procedimientos e instrumentos metodológicos para la mejora de la gestión institucional y el logro de los objetivos estratégicos; así como formular y actualizar las Directivas, Manuales u otros instrumentos análogos o disposiciones normativas, para los procesos de contratación que estén a cargo de la Agencia y/o de los órganos bajo su competencia. Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en su artículo 6 dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, el artículo 82 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90- PCM, dispone que el encargo es temporal excepcional y fundamentado; sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor, y en ningún caso debe exceder el período presupuestal; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes y a fi n de garantizar su normal funcionamiento, resulta pertinente expedir el acto resolutivo que encargue temporalmente, en tanto se designe a su titular, las funciones del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, así como de sus unidades orgánicas; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución Suprema N° 077-2014-DE, que designa al Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; el Decreto Supremo N° 004-2014-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; y, el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 276;