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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2014 (05/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 98

El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 527040 Modifican el Art. 2 de la Res. Nº 109- 2014/SBN-DGPE-SDAPE SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 356-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 12 de junio de 2014 Visto el expediente Nº 134-2014/SBN-SDAPE, sustentatorio de la Resolución Nº 109-2014/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 28 de marzo de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 109-2014/SBN-DGPE- SDAPE, de fecha 28 de marzo de 2014, se dispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 6 000 000,00 m², ubicado al Este de la ciudad de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, habiendo efectuado la revisión de la citada Resolución, se determinó que por error material en el Artículo 2º, se consignó que se efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado en el Registro de Predios de Moquegua, siendo lo correcto Registro de Predios de Ilo; Que, el artículo 201.1º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efectos retroactivos, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, por las razones antes expuestas es procedente rectifi car de ofi cio la Resolución Nº 109-2014/SBN-DGPE- SDAPE, en razón a que ello no altera el contenido ni el sentido de la misma; Que, el inciso p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0348-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de mayo de 2014; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el Artículo 2º de la Resolución Nº109-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de marzo de 2014, quedando redactada de la siguiente manera: “Artículo 2º: La Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de Los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ilo” Comuníquese, regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1105863-3 Modifican el Art. 2 de la Res. Nº 110- 2014/SBN-DGPE-SDAPE SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 357-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 12 de junio de 2014 Visto el expediente Nº 138-2014/SBN-SDAPE, sustentatorio de la Resolución Nº 110-2014/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 28 de marzo de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 110-2014/SBN-DGPE- SDAPE, de fecha 28 de marzo de 2014, se dispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del predio de 2 790 223,00 m², ubicado al Este del distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, habiendo efectuado la revisión de la citada Resolución, se determinó que por error material en el Artículo 2º, se consignó que se efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado en el Registro de Predios de Moquegua, siendo lo correcto Registro de Predios de Ilo; Que, el artículo 201.1º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efectos retroactivos, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, por las razones antes expuestas es procedente rectifi car de ofi cio la Resolución Nº 110-2014/SBN-DGPE- SDAPE, en razón a que ello no altera el contenido ni el sentido de la misma; Que, el inciso p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0347- 2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de mayo de 2014; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el Artículo 2º de la Resolución Nº 110-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 28 de marzo de 2014, quedando redactada de la siguiente manera: “Artículo 2º: La Zona Registral Nº XIII-Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de Los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ilo” Comuníquese, regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1105863-4 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo, ubicado en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 358-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 12 de junio de 2014 Visto el Expediente Nº 566-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 65 699,28 m², ubicado en la falda del cerro Chiu Chiu, en la zona Centro del distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima;