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El Peruano Lunes 14 de julio de 2014 527743 que fue modi fi cada por la Ley Nº 27927, estableciendo que todas las entidades de la administración pública, están obligadas a brindar información de acuerdo a lo previsto en la Ley, debiendo identi fi car al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Artículo 3º, señala que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho a la información pública dentro de su competencia funcional; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000239 de fecha 17 de Junio del 2014, se designó a la Ing. Margot Ivone Goñi Miranda, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao;Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha a la Ing. Margot Ivone Goñi Miranda, como Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier dispositivo legal que contravenga lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- COMUNICAR, la presente Resolución a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese y comuníquese. ANA VICTORIA BEJARANO PRECIADO Presidente (e) 1109761-4 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las áreas circundantes del Aeropuerto de Jauja RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 509-2014-MTC/02 Lima, 9 de julio de 2014VISTO:El Informe N° 354-2014-MTC/12.08 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 27º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley Nº 27261, modi fi cado por la Ley Nº 28525, Ley de Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo, establece que las áreas circundantes de los aeropuertos son zonas de dominio restringido; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, dispone que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo establecerá las zonas de dominio restringido de las áreas circundantes de los aeropuertos, las que se determinarán conforme a las coordenadas UTM de validez universal; Que, el artículo 42º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002- 2014-MTC, establece que las áreas circundantes de cada aeropuerto de uso público tienen la condición de zonas de dominio restringido y se determinan de acuerdo al Plan Maestro de Desarrollo respectivo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 235-2014- MTC/12 se aprobó el Plan Maestro de Desarrollo del Aeropuerto de Jauja, el cual contempla las áreas necesarias para su desarrollo; Que, en el marco de las normas citadas, la Dirección General de Aeronáutica Civil, mediante documento del Visto recomienda la emisión del Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las áreas circundantes del Aeropuerto de Jauja, así como que previa a la emisión de éste, se autorice su publicación con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Que, el artículo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días calendario, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, corresponde proceder con la publicación del proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las áreas circundantes del Aeropuerto de Jauja; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 001-2011-MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que determina las zonas de dominio restringido de las áreas circundantes del Aeropuerto de Jauja, así como su exposición de motivos, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º .- Encargar a la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la recepción, procesamiento, sistematización y atención de los comentarios que se presenten al mencionado proyecto de Decreto Supremo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones