Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2014 (23/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Miércoles 23 de julio de 2014 528365 DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Apruébese el cambio de destino de los recursos autorizados por el literal g.4 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 30191, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, en lo que corresponde al Proyecto de Inversión Pública “Creación del servicio de reaprovisionamiento logístico en Altamar para las Unidades Navales de la Fuerza de Superfi cie de la Marina de Guerra del Perú” con código SNIP N° 256576, hasta por la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 000 000,00), a fi n de que sea destinada a la ejecución del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento de la investigación oceanográfi ca de la Marina de Guerra del Perú en el dominio marítimo y la Antártida” con código SNIP N° 269457, cuya ejecución está a cargo de la Unidad Ejecutora 004:Marina de Guerra del Perú. 1.2 El pliego Ministerio de Defensa efectuará las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo al artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, para la aplicación del numeral 1.1 de la presente norma. 1.3 Conforme a lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30191, el pliego Ministerio de Defensa es el responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los proyectos de inversión pública, para los cuales se modifi ca el destino de los recursos a su cargo. Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1114499-1 Aprueban el cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley Nº 30191, a favor del Programa “Trabaja Perú” del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo DECRETO SUPREMO N° 209-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, se dictan medidas para que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales desarrollen acciones, durante el año fi scal 2014, con el fi n de prevenir y mitigar los factores de riesgo de desastre, así como para la adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre a nivel nacional; Que, el artículo 5 de la referida Ley autoriza gastos para la ejecución de proyectos de inversión pública de prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, en el marco del Programa “Trabaja Perú”, conforme a su Anexo Nº 1-B, hasta por la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDÓS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 922 661,00), los que se fi nancian con cargo a los recursos asignados a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, referidos en el artículo 11 de esa misma Ley; Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30191 señala que, excepcionalmente, los recursos asignados para proyectos de inversión pública a que se refi ere el artículo 5 de la citada Ley, que no hayan sido comprometidos dentro de los sesenta (60) días calendario contados a partir de la vigencia de la misma, o que no hayan podido ser comprometidos por causal ajena a la gestión o decisión de la respectiva entidad, pueden ser destinados a la ejecución de otros proyectos de inversión que tengan las mismas fi nalidades que se señalan en el mencionado artículo. El cambio de destino de los recursos autorizados, se aprueba, para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector respectivo, a solicitud de este último; Que, mediante Resolución Ministerial N° 085-2014-TR, el pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó la desagregación de los recursos autorizados por la Ley N° 30191, a través de la cual se asignó recursos a la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; hasta por la suma de OCHENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDÓS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 922 661,00), destinados a la ejecución de proyectos de inversión pública; Que, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyecto del Programa “Trabaja Perú”, mediante Informe N° 098-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, informa que de los doscientos cincuenta y cinco (255) proyectos de inversión pública de prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, a que se refi ere el artículo 5 y el Anexo 1-B de la Ley N° 30191, no se han podido comprometer recursos asignados a dieciséis (16) proyectos, de los cuales diez (10) proyectos cuentan con saldos no comprometidos toda vez que los expedientes técnicos no cumplieron con los lineamientos internos del Programa; y seis (06) proyectos de los doscientos cuarenta y cinco (245) proyectos que se vienen ejecutando, han generado saldos provenientes de los ajustes realizados a los expedientes técnicos, por lo que, concluye que el Programa “Trabaja Perú” cuenta con recursos disponibles no comprometidos, en virtud al cual se ha priorizado fi nanciar la ejecución de nueve (09) proyectos de inversión pública que tienen las mismas fi nalidades a que se refi ere el artículo 3 de la Ley N° 30191, hasta por la suma total de TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 567 257,00); Que, mediante Ofi cio Nº 452-2014-MTPE/3/24.1 la Directora Ejecutiva del Programa “Trabaja Perú”, indica que resulta aplicable lo dispuesto en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30191, que permite que los recursos asignados por el artículo 5 de esa misma Ley puedan ser destinados a la ejecución de otros proyectos de inversión que tengan las mismas fi nalidades que se señalan en el citado artículo 3, en razón a que el monto citado en el considerando precedente no ha sido comprometido por la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” dentro de los sesenta (60) días calendario contados a partir de la vigencia de dicha Ley; asimismo, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante el Informe N° 245-2014-MTPE/4/9.2, señala que considera pertinente solicitar la autorización para el cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley Nº 30191, según la propuesta del Programa “Trabaja Perú”; Que, mediante Ofi cio N° 274-2014-MTPE/1, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo solicita la aprobación del cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley Nº 30191 al pliego 012: Ministerio de