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El Peruano Miércoles 23 de julio de 2014 528366 Trabajo y Promoción del Empleo, en lo que corresponde a la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a fi n de fi nanciar la ejecución de los nueve (09) proyectos de inversión pública de prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, según lo indicado en los considerandos precedentes; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley Nº 30191, a favor del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 567 257,00), a fin de que sean destinados a nueve (09) proyectos de inversión pública de prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, en el ámbito de los departamentos de Ancash, Ica, Huancavelica, Junín, Lambayeque y Puno, priorizados por la Dirección Ejecutiva del Programa “Trabaja Perú” del referido Ministerio y que tienen las mismas finalidades que se señalan en el artículo 3 de la Ley Nº 30191; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30191, Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Apruébese el cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley Nº 30191, a favor del pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 567 257,00), a fi n de que sean destinados a nueve (09) proyectos de inversión pública de prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre, cuya ejecución estará a cargo de la Unidad Ejecutora 005: Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” del referido pliego. 1.2. La relación de proyectos de inversión pública y los montos correspondientes se detallan en el Anexo “Cambio de destino de los recursos autorizados por el artículo 5 de la Ley N° 30191, a favor del Programa “TRABAJA PERU” del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. 1.3 El pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo efectuará las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo al artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, para la aplicación del numeral 1.1 de la presente norma. 1.4 Conforme a lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 30191, el pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los proyectos de inversión pública, para los cuales se modifi ca el destino de los recursos a su cargo. Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1114500-1 Definen como entidades públicas de Tipo B del Ministerio de Economía y Finanzas a la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 y el Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI - 2015 Perú, para efectos, exclusivos, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 235-2014-EF/41 Lima, 21 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Artículo IV del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se considera como entidad pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley N° 28411 de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan un conjunto de criterios; Que, mediante la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se creó la Unidad Ejecutora, Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, perteneciente al pliego MEF. Así, a través del Reglamento de la Ley Nº 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2012-EF, se estableció que la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc operará como órgano ejecutivo y operativo; el Reglamento de Funciones de dicha Secretaría fue aprobado mediante la Resolución Secretarial Nº 02-2012-EF/38.01; Que, el Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/ FMI – 2015 Perú, creado mediante Decreto Supremo Nº 241- 2012-EF, cuenta con su respectivo Manual de Operaciones aprobado con Resolución Ministerial Nº 115-2013-EF/10; Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MEF, mediante Informe Nº 247-2014-EF/41.02 ha concluido que corresponde defi nir a la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc y al Proyecto Especial Juntas de Gobernadores BM/FMI – 2015 Perú, en el marco de lo dispuesto en el Artículo IV del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, como entidades públicas Tipo B del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado con el Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM; y en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Entidades públicas Tipo B Defi nir como entidades públicas de Tipo B del Ministerio de Economía y Finanzas a la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625