Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2014 (27/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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MORDAZA critica en peligro inminente, ante peligros de movimientos en masa; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 402-2014-GR CUSCO/PR de fecha 15 de MORDAZA de 2014, sustentado en el Informe Nº 322-2014-GR CUSCO/ODND, el Memorandum Nº 231-2014-GR.CUSCO/GRPPATSGPR; el Informe de "Proceso de Estimacion de la Quebrada Ramuschaca del distrito de Zurite, provincia de Anta, Region Cusco" ­ MORDAZA, 2014, emitido por la Oficina de Defensa Nacional del Gobierno Regional MORDAZA, ha solicitado la Declaratoria de Estado de Emergencia del distrito de Zurite, provincia de Anta, departamento de Cusco; Que, la Direccion de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con el Informe Tecnico Nº 0029-2014-INDECI/11.0 de fecha 18 de MORDAZA de 2014, teniendo en consideracion lo solicitado por el Gobierno Regional de MORDAZA, sustentado en los documentos citados en el considerando precedente y en el Formato de INGEMMET de Validacion Tecnica de Evaluacion de Riesgo Geologico efectuado por otra institucion, Codigo DGAR-F-196 fecha de Revision 15 de MORDAZA de 2014, el Informe Nº 173-2014-JHTA-SGI/MDZ del 09 de MORDAZA de 2014, y demas informes complementarios, informa que la Quebrada de Ramuschaca incluido la MORDAZA MORDAZA del distrito de Zurite, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, se encuentra en Peligro Inminente generado por procesos de remocion en masa (deslizamiento y flujos de detritos - huaycos), identificando ademas, que el Gobierno Regional de MORDAZA cuenta con una capacidad limitada para ejecutar las acciones de reduccion del muy alto riesgo y de rehabilitacion en las zonas afectadas, segun corresponda; por lo que ha emitido opinion favorable para aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia ante el muy alto riesgo existente en la referida zona; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Anta y del Distrito de Zurite, segun corresponda, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion, asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente y de rehabilitacion de las zonas afectadas; por lo que se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorandum N° 277-2014-PCMSGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158,- Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese en Estado de Emergencia la Quebrada de Ramuschaca del distrito de Zurite, provincia de Anta, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, ante el peligro inminente generado por movimiento de tierras. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales de la provincia de Anta y del distrito de Zurite, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud y demas instituciones publicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de rehabilitacion, asi como de

El Peruano MORDAZA 27 de MORDAZA de 2014

reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias con el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitacion, con la finalidad de que estas se inicien y se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Educacion, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1116549-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan representantes titular y alterno de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Grupo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0421-2014-MINAGRI MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 01842-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-DGIH, de fecha 02 de MORDAZA de 2014, del Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 0647-2008-AG de fecha 31 de MORDAZA de 2008, modificado por el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 0166-2011-AG y el articulo Unico de la Resolucion Ministerial 0363-2013-MINAGRI, se constituyo el Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio

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