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El Peruano Domingo 27 de julio de 2014 528768 corresponde a las autoridades competentes imponer las restricciones de acceso al tránsito y/o transporte en este tipo de áreas o vías, que pueden ser aplicadas en forma permanente, temporal o periódica; Que, el artículo 19 del Reglamento señala que para la declaración de áreas o vías de acceso restringido, se debe tener en cuenta los siguientes criterios: a) Congestión de vías; b) Contaminación ambiental en niveles no permisibles; c) Ejecución de obras en vías y áreas colapsadas; d) Peso de carga bruta; e) Tipo de vehículo; f) Defensa nacional y/o seguridad, debidamente sustentadas; g) Restricciones por características técnicas de la vía, de seguridad vial y de estacionamiento; h) Eventos patrióticos, deportivos y comunales o sociales, etc; i) Por tratarse de áreas de protección ecológica o reservas nacionales, zonas arqueológicas, parques de protección agrícola y turística; y j) Inminente peligro de desastre natural; Que, mediante Ofi cio No. 1096-2014-DIRETSEVI- DIRPRCAR-PNP/EM-UNIPLOPE de fecha 26 de julio de 2014, el Director de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú comunica que se ha producido congestión vehicular en la red vial nacional que empieza desde el puesto de la COMPRCAR COCRACHACRA hasta el puesto de la COMPRCAR LA OROYA; en tal sentido, solicita que el 29 de julio de 2014 se restrinja el tránsito vehicular de carga en vehículos especiales y de vehículos que transportan mercancías en general, con excepción de los vehículos que transportan productos perecibles, a fi n de privilegiar el tránsito de vehículos particulares, el servicio de transporte de personas; Que, el artículo 239 del TUO de Tránsito establece que la autoridad competente, cuando la situación lo justifi que, puede prohibir o restringir la circulación o estacionamiento de vehículos en determinadas vías públicas o áreas urbanas. Que, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles y la Dirección de Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional han emitido opinión favorable al requerimiento efectuado por el Director de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú; Que, en consecuencia, corresponde restringir la circulación de vehículos especiales y vehículos que transportan mercancías en general, con excepción de los vehículos que transportan productos perecibles y de los vehículos que realizan el servicio de transporte público de personas, el 29 de julio de 2014, desde las 00.00 horas hasta las 00.00 horas del día 30 de julio de 2014, en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central) tramo comprendido entre la estación de Peaje Corcona, Matucana, San Mateo hasta la ciudad de la Oroya y viceversa; De conformidad con la Ley No. 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, que aprueba Reglamento de Jerarquización Vial; el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por Decreto Supremo No. 016-2009-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Restricción del acceso al tránsito en la carretera central Disponer la restricción de la circulación de vehículos especiales y de vehículos que transportan mercancías en general, desde las 00.00 horas del día 29 de julio de 2014 hasta las 00.00 horas del día 30 de julio de 2014, en la Ruta Nacional PE-22 (Carretera Central) tramo comprendido entre la estación de Peaje de Corcona – Matucana – San Mateo hasta la ciudad de la Oroya y viceversa. Se encuentra exceptuada dicha restricción, la circulación de vehículos que transportan productos perecibles. Artículo 2.- Coordinación Institucional La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías –SUTRAN en coordinación con la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú, efectuarán las coordinaciones necesarias para efectuar la restricción de circulación señalada en el artículo precedente. Artículo 3.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral, en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS. Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1116548-1 VIVIENDA Designan Director de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2014-VIVIENDA Lima, 24 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 167-2014- VIVIENDA, se designó al señor Percy Carlos Falla Hoyos, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II Jefe de la Unidad de Tesorería de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establece una nueva estructura orgánica del Ministerio, que comprende entre otras unidades orgánicas de la Ofi cina General de Administración, a la Ofi cina de Tesorería; Que, en consecuencia es necesario dar por concluida la designación efectuada por la Resolución Ministerial N° 167-2014-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Percy Carlos Falla Hoyos, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II Jefe de la Unidad de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Percy Carlos Falla Hoyos como Director de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1116399-1