Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2014 (28/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Embalajes Bolivia", a realizarse en la MORDAZA de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, los dias 7 y 8 de agosto de 2014, con el objetivo de brindar oportunidades comerciales a las empresas peruanas participantes, que permitan el posicionamiento de sus productos dentro del MORDAZA boliviano, asi como identificar a potenciales compradores, importadores, distribuidores y agentes comerciales que faciliten el ingreso de los productos peruanos a dicho mercado; Que, esta mision comercial, constituye un MORDAZA de identificacion de demandas y una herramienta para la promocion, gestion y desarrollo de la oferta exportable, permitiendo identificar las oportunidades que podrian tener los productos ofertados, en tal razon, la Direccion de Promocion de las Exportaciones de PROMPERU ha solicitado que se autorice el viaje de la senorita MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en dicha Direccion, a la MORDAZA de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, para que en representacion de PROMPERU, realicen acciones de promocion de las exportaciones peruanas; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, de la senorita MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 6 al 9 de agosto de 2014, para que en representacion de PROMPERU lleve a cabo diversas acciones de promocion de las exportaciones, durante la actividad mencionada en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: -Pasajes Aereos : US$ 881,00 -Viaticos (US$ 370,00 x 2 dias) : US$ 740,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la senorita MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la actividad que realizara; asimismo, deberan presentar las rendiciones de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1115420-1

El Peruano Lunes 28 de MORDAZA de 2014

Visto; el Informe Nº 016-2014-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 22 de MORDAZA del 2014, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de junio del ano 2014 por la formulacion de petitorios, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 20 de diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de junio del 2014, es de US $ 41,945,639.49 (Cuarenta y Un Millones Novecientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Nueve y 49/100 Dolares Americanos) y S/. 2,515,088.00 (Dos Millones Quinientos Quince Mil Ochenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 167,163.31 (Ciento Sesenta y Siete Mil Ciento Sesenta y Tres y 31/100 Dolares Americanos) y S/. 5,387.92 (Cinco Mil Trescientos Ochenta y Siete y 92/100 Nuevos Soles); resultando un importe neto a distribuir de US $ 41,778,476.18 (Cuarenta y Un Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Cuatrocientos Setenta y Seis y 18/100 Dolares Americanos) y S/. 2,509,700.08 (Dos Millones Quinientos Nueve Mil Setecientos y 08/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de junio del 2014, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de junio del ano 2014 por la formulacion de petitorios, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Total a Distribuir Entidades US$ S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/.

INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por la formulacion de petitorios durante el mes de junio de 2014
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 086-2014-INGEMMET/PCD MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2014

DISTRITOS INGEMMET MINEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL

31,459,229.62 1,886,316.00 -125,948.08 -5,387.92 31,333,281.54 1,880,928.08 8,305,951.25 2,076,487.81 103,970.81 503,017.60 -28,957.19 125,754.40 0.00 -7,239.32 -5,018.72 0.00 0.00 0.00 8,276,994.06 2,069,248.49 98,952.09 503,017.60 125,754.40 0.00

41,945,639.49 2,515,088.00 -167,163.31 -5,387.92 41,778,476.18 2,509,700.08

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

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