Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2014 (28/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Lunes 28 de MORDAZA de 2014

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Modulada (FM), en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, en merito de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 28853; Que, con escrito de registro N° 2013-011977 del 25 de febrero de 2013, la CORPORACION RADIAL DISCOSSODA E.I.R.L. (actual denominacion de la empresa RADIO FRECUENCIA STEREO CONTACTO E.I.R.L.)1, solicito la renovacion de la autorizacion que fuera renovada con Resolucion Viceministerial N° 4562006-MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, establece entre otros, que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informe N° 1343-2014MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde renovar la autorizacion que fuera renovada a la CORPORACION RADIAL DISCOSSODA E.I.R.L. mediante Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que ni la solicitante ni su Titular - Gerente, han incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion que le fuera renovada mediante Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03 a la CORPORACION RADIAL DISCOSSODA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 03 de agosto de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debera haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television.

cumplido con la MORDAZA de los requisitos y con las condiciones para la renovacion previstas para tal efecto en la Ley de Radio y Television y su Reglamento, y verificar que no se encuentra incursa en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la citada normativa; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion renovada mediante Resolucion Viceministerial N° 807-2007-MTC/03 a favor de la EMPRESA PERUANA DE RADIODIFUSION PANORAMA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 05 de febrero de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Arequipa. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debera haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4°.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1115955-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 419-2014-MTC/03 MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2014 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2013-011977, presentado por la CORPORACION RADIAL DISCOSSODA E.I.R.L., sobre renovacion de la autorizacion que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Juliaca, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03 del 28 de agosto de 2006, se renovo a la empresa RADIO FRECUENCIA STEREO CONTACTO E.I.R.L. hasta el 03 de agosto de 2013, su autorizacion para operar una estacion radiodifusora en Frecuencia

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Con Oficio No. 6822-2010-MTC/28 del 23 de setiembre de 2010, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, declaro aprobado al 20 de agosto de 2010, en virtud al silencio administrativo positivo, el procedimiento de cambio de titularidad de la empresa RADIO FRECUENCIA "STEREO CONTACTO" E.I.R.L., procediendose a realizar el registro de su MORDAZA titular ­ gerente; asimismo, el cambio de su denominacion social por CORPORACION RADIAL DISCOSSODA E.I.R.L., conforme a la inscripcion en la Partida Registral N° 05013267.

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