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El Peruano Miércoles 11 de junio de 2014 525018 Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, los referidos Ofi ciales FAP realizarán el viaje al exterior en compañía de su señora esposa e hijos, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 – “Ley de Situación de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, los Ofi ciales nombrados en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior a la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, del Coronel FAP LUIS EDUARDO PANICCIA DEL PINO, NSA O-9463682 DNI Nº 43369859 y del Coronel FAP HUGO MARTIN QUIJANO GOMERO, NSA O-9507784 DNI Nº 43570804, como Ofi ciales Adjuntos a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, alumnos de la Clase LIV en el Curso de Altos Estudios de Defensa y Seguridad Hemisférica del Colegio Interamericano de Defensa y Asesores durante la Clase LV del mencionado curso, del 01 de julio de 2014 al 30 de junio de 2016, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como autorizar su salida del país el 30 de junio de 2014 y su retorno el 01 de julio de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguiente: Pasaje Aéreo de ida: Lima – Washington D.C. - Estados Unidos de América) Titular, esposa e hijos Coronel FAP LUIS EDUARDO PANICCIA DEL PINO US$ 1,723.00 x 04 personas (Incluye TUUA) = US$ 6,892.00 Coronel FAP HUGO MARTIN QUIJANO GOMERO US$ 1,723.00 x 03 personas (Incluye TUUA) = US$ 5,169.00 Gastos de Traslado – Ida (equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,930.00 x 02 x 02 personas = US$ 27,720.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 6,930.00 x 06 meses x 02 personas = US$ 83,160.00 ---------------------- Total a pagar = US$ 122,941.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- Los citados Ofi ciales, están impedidos de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1095304-4 Autorizan viaje de profesional a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 248-2014-DE/ Lima, 10 de junio de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 784/DIEDOC/C-5.c del 02 de abril de 2014, del Director de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 06 de agosto de 2013, el Director Científi co del Instituto de Capacitacão em Ensino e Pesquisa em Saúde, informa que se aceptó la participación del Médico Urologista Sergio Daniel ALBAN MORAL en la Pasantía en Urología en el Hospital de Sao Paulo, del 01 de julio al 01 de agosto de 2014; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Médico MCI1 Sergio Daniel ALBAN MORAL, para que participe en la Pasantía en Urología en el Hospital Sao Paulo, en la Ciudad de Ribeirao Preto - Estado de Sao Paulo - República Federativa del Brasil, del 01 de julio al 01 de agosto de 2014;