Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2014 (11/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 11 de junio de 2014

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del Registro de Predios de la Oficina Registral de MORDAZA (fojas 05-09); iii) Original de la memoria descriptiva y plano perimetrico-ubicacion, suscritos por la Ing. Civil MORDAZA del MORDAZA Garibay P. de fecha febrero de 2009, respecto a "el predio" (fojas 10-11); iv) MORDAZA simple del Certificado de Busqueda Catastral y anexo, expedidos por SUNARP el 20 de marzo de 2009, respecto al area de "el predio" (fojas 12-13); v) MORDAZA simple de la MORDAZA de Posesion Nº 2696-2009-SGPUC-GDUMDSJL, a favor de Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, expedida por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho el 13 de MORDAZA de 2009 (foja 14); v) MORDAZA simple de la MORDAZA Nº 0532-2011-SGRC­GR/MDSJL, expedida por la Sub Gerencia de Recaudacion y Control de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho el 22 de diciembre de 2011, sobre no adeudo de impuesto predial y arbitrios municipales a favor de Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, respecto a "el predio" (foja 15); vi) MORDAZA simple de la Resolucion Sub Gerencial Nº 005651 del 02 de noviembre de 2009, expedida por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho (foja 16); vii) MORDAZA simple del recibo de servicio de agua, expedido por SEDAPAL, correspondiente al mes de setiembre de 2011, respecto a "el predio" (foja 17); viii) MORDAZA simple de la hoja resumen del Impuesto Predial (formatos HR y PR), correspondientes a los anos 2011, 2010, 2009, 2008, 2007, 2006, 2005, 2004, 2003, 2002, 2001, 2000, 1999, a nombre de Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, respecto a "el predio" (fojas 18-47); y, ix) Original de fotografias tomadas a "el predio" (foja 48). 4. Que, el presente procedimiento administrativo se encuentra regulado en el articulo 74° del "Reglamento", segun el cual, los bienes de dominio privado estatal pueden ser objeto de compraventa solo bajo la modalidad de subasta publica y excepcionalmente, por compraventa directa. Cabe precisar, que uno de los supuestos para su procedencia e invocados por "los administrados" es el literal c) del articulo 77º del "Reglamento". 5. Que, el numeral 3.2) de la Directiva Nº 003-2011/ SBN, aprobada por Resolucion Nº 020-2011-SBN, publicada el 10 de MORDAZA de 2011, en adelante la "Directiva", preve la etapa de calificacion de la solicitud la cual no constituye un acto de discrecion de esta Subdireccion, sino una obligacion imperativa que emana de una MORDAZA de orden publico. Mediante Oficio N° 0184-2012/SBNDGPE-SDDI del 09 de febrero de 2012 (fojas 49-50), la SDDI solicito a "los administrados" que subsanen las siguientes observaciones: senale expresamente la causal bajo la cual se acoge su pedido de compra venta, acredite documentalmente la posesion que senalan ostentar "los administrados" respecto a "el predio". Mediante escrito del 21 de febrero de 2012 (S.I. Nº 02732-2012), "los administrados" ­dentro del plazo para subsanar las observaciones- cumplieron con presentar la documentacion requerida. 6. Que, es preciso senalar que "el predio" formaba parte de otro predio de mayor extension (1'104,207.31 2 m .), inscrito en la partida registral Nº 43121162 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Lima; en virtud de ello, mediante Oficio Nº 00830-2012/SBNDGPE-SDDI del 18 de junio de 2012 (foja76), se solicito a SUNARP la subdivision e independizacion respectiva de "el predio" mediante la MORDAZA del Titulo Nº 2012-563347 el 21 de junio de 2012 (Oficina Registral de Lima); como resultado de la calificacion se inscribieron los citados actos, generandose la partida registral Nº 12897359, respecto a "el predio" independizado (fojas 83-86). 7. Que, mediante escrito del 13 de junio de 2013 (S.I. Nº 10568-2013) (foja 88), "los administrados", adjuntan -entre otros- MORDAZA legalizada de la MORDAZA de Posesion Nº 2696-2009-SGPUC-GDU-MDSJL del 13 de MORDAZA de 2009, expedida por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. 8. Que, el 18 de junio de 2013, la brigada instructora ­en aquella fecha a cargo del presente procedimiento administrativo-, llevo a cabo la inspeccion ocular en "el predio", verificandose que "los administrados" se encuentran en posesion, han construido una edificacion de dos (02) niveles con azotea de material noble, el

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban venta directa de predio ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA, por causal de posesion consolidada, a favor de sociedad conyugal
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION N° 449-2014/SBN-DGPE-SDDI San MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2014. VISTO: El Expediente Nº 054-2013/SBN-SDDI, que contiene la solicitud presentada por la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, en adelante "los administrados", mediante la cual peticionan la compraventa directa del predio de 123.73 m2., denominado parte posterior del lote 14 de la manzana C, ubicado en el Pueblo Joven MORDAZA Chico, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Registral Nº 12897359 del Registro de Predios de la Oficina Registral de MORDAZA, en el Registro SINABIP Nº 17664 correspondiente al libro de MORDAZA (CUS Nº 59277), en adelante "el predio"; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), en merito a lo dispuesto por la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, asi como al Decreto Supremo Nº 0582011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es un Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, siendo responsable tanto de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo, y tiene como finalidad lograr el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social. 2. Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 47º y 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante "ROF de la SBN"), la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario es el organo competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposicion de los bienes estatales bajo la competencia de esta Superintendencia. 3. Que, mediante escrito del 04 de enero de 2012 (S.I. Nº 00165-2012), la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, en adelante "los administrados", solicitan la compraventa directa de "el predio" (foja 02), sustentando su petitorio en la causal de posesion, contenida en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151. Para tal efecto, presentan los siguientes documentos: i) MORDAZA simple del documento nacional de identidad de Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 03-04); ii) MORDAZA Certificada de la partida registral Nº 43121162

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