Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2014 (11/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014; Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios a la Mayor EP MORDAZA del MORDAZA MORDAZA ANCHANTE, identificada con DNI Nº 06772849 y CIP Nº 400086200, para que participe en la Pasantia en Odontopediatria, en la Universidad Federal de Pernambuco, en la MORDAZA de Recife, Estado de Pernambuco ­ Republica Federativa del Brasil, del 01 de agosto al 31 de octubre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA ­ Recife (Republica Federativa del Brasil) ­ MORDAZA (Clase economica) US $. 1,500.00 x 01 persona US $.

El Peruano Miercoles 11 de junio de 2014

obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El personal militar revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dura la Mision de Estudios. Articulo 7°.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1095304-6 RESOLUCION SUPREMA Nº 250-2014-DE/ MORDAZA, 10 de junio de 2014 VISTO: El Oficio Nº 835/DIEDOC/C-5.b del 07 de MORDAZA del 2014, del Director de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 18 de marzo de 2014, la coordinadora del Programa de Postgrado en Odontologia de la Universidad Estatal de Ponta Grossa, hace extensiva la invitacion a la Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el Programa de Postgrado en Odontologia en esa MORDAZA de estudios, del 01 de agosto al 31 de octubre de 2014, en la MORDAZA de Ponta Grossa, Estado de MORDAZA, Republica Federativa del Brasil; Que, con el documento del visto, el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica que el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion de la Mayor EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el Programa de Postgrado en Odontologia de la Universidad Estatal de Ponta Grossa, en la MORDAZA de Ponta Grossa, Estado de MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, del 01 de agosto al 31 de octubre de 2014; Que, es conveniente para los intereses de la institucion, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del personal militar MORDAZA mencionado, lo que permitira al Ejercito del Peru disponer de una Oficial altamente capacitada en Odontologia, para que desarrolle y demuestre aptitudes, para tratar en forma eficiente al personal de la institucion, particularmente pacientes de esta especialidad, con los nuevos avances tecnologicos de la medicina; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el citado articulo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de

1,500.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $. 2,900.00 x 03 meses x 01 persona US $. 8,700.00 ------------------------Total a pagar: US $. 10,200.00 Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante. ARTICULO 5º.- El personal militar debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados

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