Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2014 (21/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Sabado 21 de junio de 2014

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organo consultivo para la concertacion, coordinacion y sistematizacion de las acciones, estrategias, proyectos y planes que tengan por finalidad el desarrollo de las actividades artesanales en el distrito, el Consejo Local de Fomento Artesanal se constituye para los objetivos de: a) Promover el desarrollo del artesano y de la artesania en sus diversas modalidades integrandolas al desarrollo economico distrital. b) Fomentar la apertura, estudio y propuesta de creacion de un Centro de Innovacion Tecnologica Turistica y Artesanal - CITE Pueblo Libre en coordinacion con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR. c) Proponer e impulsar la realizacion de estudios, eventos, concursos, ferias artesanales a nivel local. d) Promover la formacion y fortalecimiento de asociaciones de artesanos, a fin de optimizar la difusion de las actividades artesanales en la provincia. e) Promover el Registro Distrital del Artesano (RDA); que tiene naturaleza administrativa, es de caracter publico y obligatorio para todos los artesanos (as), empresas de la actividad artesanal, asociaciones de artesanos e instituciones privadas de desarrollo vinculadas con el sector artesanal. Articulo Segundo.- El Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Pueblo Libre (COLOFAR - Pueblo Libre) estara conformado por siete (7) miembros de las siguientes instituciones: a) El MORDAZA distrital o quien este designe como su representante. b) Un (1) representante de las instituciones educativas de nivel superior. c) Un (1) representante de la Gerencia de Desarrollo Distrital (Subgerencia de Promocion de la Inversion Privada). d) Un (1) representante de los Organismos No Gubernamentales relacionados a la actividad artesanal dentro del distrito de Pueblo Libre. e) Tres (3) representantes de los artesanos del distrito de Pueblo Libre elegidos de las asociaciones de artesanos formalmente constituidas y registradas en el Registro Nacional del Artesano (RNA) del MINCETUR. Articulo Tercero.- Los conformantes descritos en el articulo anterior deberan designar un (1) representante titular y un (1) alterno mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo o representante de mas alto nivel. Articulo Cuarto.- Las asociaciones de artesanos, organizaciones sin fines de lucro, deben estar formalmente constituidas de acuerdo con las leyes que rigen las asociaciones en el MORDAZA, debidamente registradas en el Registro Nacional del Artesano RNA del MINCETUR, deberan contar con mandato vigente de sus representantes, estableceran los MORDAZA y procedimientos que deben aplicar para elegir y acreditar a sus representantes. Articulo Quinto.- La vigencia de la designacion al COLOFAR - Pueblo Libre, es de dos (2) anos. Articulo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y el Reglamento Interno del Consejo Local de Fomento Artesanal del Distrito de Pueblo Libre (COLOFAR ­ PUEBLO LIBRE) sera publicado en la misma fecha en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe). Articulo Septimo.FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, efectue las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 1099275-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Aprueban el MORDAZA y el estudio tecnico de costos de los procedimientos administrativos de la Municipalidad
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, mediante Oficio N° 0412014-SG-MDCH, recibido el 20 de junio de 2014) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0017-2013-MDCH MORDAZA, 6 de noviembre del 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA POR CUANTO: Que, de acuerdo a lo establecido en los articulos 37º, 38º, 39º y 40º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General, las Municipalidades elaboran, aprueban y publican su Texto Unico de Procedimientos Administrativos cada dos anos. Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA, esta obligado a elaborar y adecuar, actualizar y aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General, correspondiente al ano 2013, con el MORDAZA formato establecido en el DS 062-2009-PCM y el D.S. Nº 064-2010-PCM MORDAZA metodo de determinacion de costos administrativos. Que, se han publicado en el diario oficial El Peruano, los Decretos Supremos Nº 133--2013-EF y 008-2013Vivienda, modificando el Codigo Tributario y el MORDAZA Reglamento de Habilitaciones y Licencia de Edificacion, que es necesario introducir al Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, de la Municipalidad de Chilca. Estando con las atribuciones y facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad ha aprobado al siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS­ MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, y el Estudio Tecnico de Costos de los Procedimientos Administrativos, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Provincia de Canete. Articulo Segundo.- Remitir a la Municipalidad Provincial de Canete, la presente Ordenanza, conjuntamente con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos y respectivo Estudio de Costos de cada uno de los procedimientos administrativos, para que de acuerdo con el articulo 40º de la Ley 27972 Organica de Municipalidades ratifique el contenido de la misma. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, y sus Anexos deberan ser publicados en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y en el MORDAZA institucional en la pagina Web de la Municipalidad Distrital de MORDAZA ­ Canete. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1099643-1

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