Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2014 (21/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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El Peruano Sabado 21 de junio de 2014

Aprueban el proyecto de replanteo de regularizacion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUB GERENCIA Nº 492-2014-MDA/GDU-SGHUE Ate, 06 de junio de 2014 EL SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 58971 de fecha 16 de diciembre del 2013 seguido por la ASOCIACION DE VIVIENDA UNION MORDAZA debidamente representado por su Presidente don MORDAZA MORDAZA COARITA UCHASARA, por el cual solicitan el Replanteo de Habilitacion MORDAZA del terreno con un area de 13,832.73 m2 para el uso de Residencial de Densidad Media "R-4", constituido por el sector 1 que forma parte de la parcela 10015 del predio MORDAZA Ex Fundo MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 034 de fecha 03 de MORDAZA del 2006 se resuelve aprobar conforme al Plano Nº 025-2006-SGPUC-GDU/MDA, la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada Parcial para uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 13,832.73 m2 que forma parte de la parcela denominada U. C. Nº 10015. Mediante el Articulo Tercero de la precitada resolucion se establece que el aporte reglamentario del Ministerio de Educacion tiene un area de 298.55 m2, ubicado en el lote 12 de la Mz. "G"; asi tambien en su Articulo MORDAZA se dispone que los lotes Nº 1, 2 y 3 de la Mz. "C" quedan en garantia de pago por el deficit del aporte de SERPAR ­ MORDAZA, correspondiendole un deficit de 276.65 m2, Que, conforme al Plano aprobado Nº 025-2006SGPUC-GDU/MDA de Habilitacion MORDAZA se aprobo la redencion en dinero del deficit del aporte de Recreacion Publica con un area de 1,383.27 m2 y Parques Zonales con un area de 276.65 m2. En el caso del aporte de Recreacion Publica, en el MORDAZA considerando de la Resolucion de Gerencia Nº 034 de fecha 03 de MORDAZA del 2006 se indica que se acredita la cancelacion de

las 3 primeras cuotas del Convenio de Fraccionamiento aprobado en 4 cuotas. Para el caso del deficit del aporte de Parques Zonales, segun el Articulo MORDAZA de la precitada resolucion de disponen los lotes Nº 1, 2 y 3 de la Mz. "C" en garantia de pago, Que, mediante el Expediente Nº 58971-13, la Asociacion de Vivienda Union de MORDAZA solicita el replanteo de la Habilitacion MORDAZA, la cual consiste en la designacion de un lote para el aporte de Parques Zonales, con la finalidad de no tener deficit del mismo; para lo cual se ha agregado el lote 13 a la Mz. "D" con un area de 276.90 m2, reduciendo el Area MORDAZA de 599.65 m2 (que no constituye aporte reglamentario, conforme al Plano aprobado Nº 025-2006-SGPUCGDU/MDA) a 298.10 m2. Adjuntandose Acta de Asamblea General Extraordinaria realizada el 26 de Octubre del 2013 aprobando por unanimidad el MORDAZA proyecto del plano de lotizacion para ser presentada ante la Municipalidad Distrital de Ate, considerando en el terreno de Areas Verdes un area de aporte para SERPAR. Asi tambien adjunta MORDAZA de los Recibos Nº 0001997522 de fecha 23/04/05, Nº 0002008075 de fecha 31/08/05, Nº 0002039849 de fecha 27/09/05, Nº 000241006 de fecha 22/02/06, Nº 0002491384 de fecha 04/04/06 y Nº 0002496595 de fecha 07/04/06 acreditando la cancelacion de las 4 cuotas aprobadas en la Resolucion Sub Gerencial de Recaudacion Nº 831-2005-SGR-GR/MDA respecto al fraccionamiento de la Valorizacion Nº 34-2005-AHU-SGPUC-GDU, Que, en vista que no se esta reduciendo aportes reglamentarios, teniendo en cuenta que el area MORDAZA dejado de 599.65 m2 no fue considerado area para aporte reglamentario de Recreacion Publica debido a que no cumplia con el area minima requerida conforme al Reglamento Nacional de Construcciones, por el cual se aprobo la redencion en dinero del deficit del aporte de Recreacion Publica, acreditandose su cancelacion ante esta entidad municipal. Por el contrario, se esta dejando lote para el aporte a SERPAR, manteniendose el Area Util de Viviendas y de Vias, sin disminucion de los aportes reglamentarios (Ministerio de Educacion), no constituyendo Modificacion de proyecto; sino Replanteo de Lotizacion, Que, mediante Informe Nº 080-2014-MDA/GDUSGHUE-DEHE de fecha 06 de junio de 2014 emitido por el Area pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones concluye por la procedencia de lo solicitado, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas, la Ordenanza Nº 292-MML, por el Reglamento Nacional de Construcciones y Ordenanza Nº 273-MDA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 030-2014-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolucion, suscrita por el profesional responsable, Arq. MORDAZA M. MORDAZA Martell con registro C.A.P. 10170, el proyecto de Replanteo de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno con un area de 13,832.73 m2, constituido por el sector 1 que forma parte de la parcela 10015 del predio MORDAZA Ex Fundo MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZARala ASOCIACION DE VIVIENDA UNION MORDAZA debidamente representado por su Presidente don MORDAZA MORDAZA COARITA UCHASARA, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion y bajo responsabilidad de la culminacion de las obras de Habilitacion MORDAZA en el terreno de 13,832.73 m2 teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: CUADRO DE AREAS AREA BRUTA: AREA UTIL: 13,832.73 m2 8,483.66 m2

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