Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2014 (21/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar normas que aseguren una efectiva participacion vecinal y garantizado espacios de concertacion; del mismo modo el Articulo 53º establece que las Municipalidades se rigen por el Presupuesto Participativo, como instrumento de administracion y gestion; asimismo, el articulo 97º dispone que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deben responder fundamentalmente a los principios de participacion, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficacia, eficiencia, equidad y sostenibilidad, imparcialidad, neutralidad, subsidiaria y consistencia de las politicas locales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, la Ley Nº 28056, Ley de MORDAZA del Presupuesto Participativo, en el articulo 1º establece que el MORDAZA del Presupuesto Participativo promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como, en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, permite la adecuada introduccion de mecanismos de participacion ciudadana en el MORDAZA de toma de decisiones con la debida transparencia de la gestion publica y la consolidacion de la institucionalidad democratica en el pais; Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes, promueve la participacion de los ninos, ninas y adolescentes a traves del reconocimiento de sus derechos a la MORDAZA de opinion, a la MORDAZA de expresion, a la MORDAZA de pensamiento, conciencia, religion, y a la MORDAZA de asociacion; Que, el Codigo de los Ninos y Adolescentes, en su articulo 20º, establece que el Estado estimulara y facilitara la aplicacion de recursos y espacios fisicos para la ejecucion de programas culturales, deportivos y de recreacion dirigidos a ninos y adolescentes. Los municipios canalizaran los recursos y ejecutaran programas con la colaboracion y concurso de la sociedad civil y de las organizaciones sociales; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP aprueba el "Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia - PNAIA 2012-2021" y constituye la Comision Multisectorial encargada de su implementacion; Que, la Ley Nº 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre hombres y Mujeres, establece que el Estado debe impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres considerando el MORDAZA de el reconocimiento y respeto a los ninos, ninas y adolescentes o grupos etarios mas afectados por la discriminacion; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, aprueba las Politicas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las Entidades del Gobierno Nacional, las cuales constituyen Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demas entidades del Gobierno Nacional; Que, es politica de la actual gestion municipal impulsar, articular, promover y fortalecer espacios de sectores que eran excluidos en la elaboracion de las Politicas Publicas de Desarrollo, como son los ninos, ninas y adolescentes, facilitando su participacion en la formulacion del presupuesto participativo; Que, es importante promover espacios de participacion de ninos, ninas y adolescentes en los cuales puedan ejercer sus derechos, opinar, decidir e involucrarse en la solucion de los problemas de su comunidad y en consecuencia en la construccion del bienestar de la comunidad y del distrito, que es uno de los objetivos principales del Presupuesto Participativo de ninos, ninas y adolescentes; asimismo, es politica de la actual gestion municipal eliminar la exclusion politica a la cual estan expuestos la mayoria de los ninos, ninas y adolescentes, que no considera sus opiniones, ni las propuestas que como ninas, ninos y adolescentes tienen para la construccion de su ciudad; Que, el presupuesto participativo de ninos, ninas y adolescentes permitira promover y orientar el apoyo, oportunidades y desafios necesarios a los ninos, ninas y adolescentes para promover su compromiso, participacion, bienestar y aprendizajes de calidad sobre lo que significa democracia participativa e identidad como ciudadano;

El Peruano Sabado 21 de junio de 2014

Que, la presente Ordenanza establece los mecanismos y pautas para el desarrollo del presupuesto participativo de ninos, ninas y adolescentes, que permita mejorar los niveles de MORDAZA de la poblacion de Ate y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo local; Que, mediante Dictamen Conjunto Nº 001-2014MDA-CPAF,CDS de la Comision de Planificacion, Administracion y Finanzas, y Comision de Desarrollo Social recomiendan al Concejo Municipal, aprobar la presente Ordenanza que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo de Ninos, Ninas y Adolecentes en el Distrito de Ate; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE NINOS, NINAS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE ATE CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- OBJETIVO El presente Reglamento tiene por objetivo promover la creacion de un espacio de participacion ciudadana para los ninos, ninas y adolescentes del Distrito de Ate en el MORDAZA del MORDAZA de desarrollo local. Articulo 2º.- FINALIDAD El presente Reglamento tiene como finalidad de promover y generar las condiciones necesarias para la participacion de ninos, ninas y adolescentes del distrito en la gestion municipal local, para las mejoras de la localidad en la que viven y que contribuyan a la construccion de una sociedad equitativa e integral. Articulo 3º.- MORDAZA LEGAL.· Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 · Ley Nº 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion del Estado · Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y sus modificatorias · Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y sus modificatorias · Ley Nº 28056, Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo y su modificatorias · Decreto Supremo Nº 142-2009-EF Reglamento de la Ley MORDAZA de Presupuesto Participativo y sus modificatorias. · Ley Nº 26300 Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadano y sus modificatorias · Ley Nº 27337 Codigo de los Ninos y del Adolescente · La Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, ratificada por el Peru mediante Resolucion Legislativa Nº 25278 · Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP que aprueba el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021 Articulo 4º.- AMBITO DE APLICACION.La aplicacion de la presente Ordenanza comprende el ambito geografico del Distrito de Ate. Articulo 5º.- DEFINICIONES GENERALES.Presupuesto Participativo de ninos, ninas y adolescentes: MORDAZA mediante el cual los ninos, ninas y adolescentes definen a traves de un conjunto de mecanismos de analisis y de toma de decisiones, como y a que se deben orientar los recursos asignados para este MORDAZA, considerando el MORDAZA de la vision y los objetivos estrategicos del Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Plan Nacional de Accion por la Infancia y

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