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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (25/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

El Peruano Miércoles 25 de junio de 2014 526009 otorga la Constancia de Ejecución y Puesta en Servicio del Suministro de Agua Potable y Alcantarillado, registrada en su Sistema Comercial con Suministro Nº 6516056; Que, el profesional técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a través del Informe Nº 132-2014-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP del 22 de Abril de 2014, señala que: “…habiéndose efectuado la inspección ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto de Recepción de Obras de Habilitación Urbana para uso Comercio Vecinal “C-2” cuenta con obras ejecutadas de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, quedando pendiente las obras de pavimentación de pistas y veredas. Asimismo, se aprecia que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 008-2013- VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por esta Corporación Municipal vigente durante el inicio del trámite; recomendando la derivación de los actuados al área legal de la Subgerencia a efectos del Visto Bueno respecto del Proyecto de Resolución que aprobaría la Recepción de Obras de Habilitación Urbana de autos; Que, el artículo 19º de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones – Ley Nº 29090 y modifi catorias establece los requisitos y el procedimiento a seguir respecto de la aprobación de Recepción de Obras de Habilitación Urbana, procedimiento al que se acoge MARINO VALVERDE DOMINGUEZ; del mismo modo, en los artículos 36º y 37º del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y de Edifi caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, regula la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, estableciendo los requisitos y el procedimiento para su aprobación, señalando que de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitirá la Resolución de aprobación, como ocurre en el caso de autos, tal como señala el referido informe técnico; Que, habiendo cumplido la empresa recurrente con los requisitos y disposiciones que señala el citado informe técnico, cuya opinión es favorable, y estando la titularidad del predio por parte de MARINO VALVERDE DOMINGUEZ que demuestra personería jurídica y representación, corresponde aprobar la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, en atención a las disposiciones de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones - Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.6 del TUPA, la Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites de Recepción de Obras de Habilitación Urbana, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, por lo que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 20 de julio de 2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, en cumplimiento del artículo 195º de la Constitución Política del Estado que señala que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo”, siendo competentes, entre otros, para: Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – LOM que señala que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; en estricto desempeño de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del artículo 79º de la LOM, en cuanto organización del espacio físico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 0111-2014-CAST-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 23 de Abril del 2014, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Recepción de Obras de Habilitación Urbana, conforme al artículo 36º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 132-2014-GRND-SGCyHU- GDU-MDSMP, Notifi cándose conforme a Ley; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Recepción de Obras de Habilitación Urbana para Uso Comercio Vecinal “C2” del inmueble con un área superfi cial de 10,000.00 m2, constituido como Lote “B” de la Parcela Nº 18, Unidad Catastral 10627, inscrito en Ficha Registral Nº 1179038 y su continuación en Partida Electrónica Nº 44110202 del Registro de Propiedad Inmueble de SUNARP, ubicada en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Nº 029-2014-SGCHU-GDU/ MDSMP y la Memoria Descriptiva; que forman parte integrante de dicho acto administrativo. Artículo Segundo.- DECLARAR cumplidas las obras de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, y AUTORIZAR a MARINO VALVERDE DOMINGUEZ para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses, computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente resolución, las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas de la Habilitación Urbana del terreno de 10,000.00 m2. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones señaladas en Cuadro General de Áreas inserta a continuación: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 10,000.00 Área Útil 7,530.76 Área destinada al Sitio Arqueológico “Fundo Naranjal” 289.24 Área de Vías 2,180.00 Artículo Tercero.- DISPONER la independización de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, con un total de 3 lotes distribuidos en la Manzana “A”, con áreas de 3,130.76 m2, 1,115.00 m2 y 3,285.00 m2, independizados provisionalmente en Fichas Registrales Nº 1740038, 1740039 y 1740040 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, respectivamente, así como la independización del área de 289.24 m2, destinada al Sitio Arqueológico “Fundo Naranjal”, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER a MARINO VALVERDE DOMINGUEZ, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, concediéndole para ello treinta (30) días hábiles de haber tomado válido conocimiento del citado acto administrativo, debiendo asumir los gastos para tales fi nes. Artículo Quinto.- PONER en conocimiento la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, para efectos de la inscripción de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana, y al Ministerio de Educación; y REMITIR una copia del expediente de la Recepción de Obras de Habilitación Urbana y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima y al Ministerio de Cultura para su conocimiento. Artículo Sexto.- COMUNICAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas,