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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (25/06/2014)

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El Peruano Miércoles 25 de junio de 2014 526004 SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las 73 concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados desde el mes de noviembre de 2012 hasta abril de 2014 y; de acuerdo a la resolución de conformidad con los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. HUGO SEBASTIÁN ASCENCIO CÓNDOR Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos 1100793-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban el Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 009-2013- CR/GOB.REG.TACNA, que establece disposiciones destinadas a regular el otorgamiento de subvenciones para fines sociales por parte del Gobierno Regional de Tacna DECRETO REGIONAL Nº 002 -2014-P.R./GOB.REG.TACNA Fecha, 17 de junio de 2014 VISTO: La Ordenanza Regional Nº 009-2013-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 13 de junio del 2013 y el Acta de Sesión de Directorio Gerencial Regional Nº 025-2013-DGR/GOB. REG.TACNA de fecha 12 de diciembre del 2013. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la autonomía política de los Gobierno Regionales se defi ne como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, conforme lo establece el inciso 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2013- CR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de junio del 2013, el Consejo Regional de Tacna establece disposiciones destinadas a regular el otorgamiento de subvenciones para fi nes sociales por parte del Gobierno Regional de Tacna, las cuales constituyen un apoyo económico de tipo social, no reembolsable y de rendición documentada en un plazo fi jo con el fi n público de asistir o ayudar, tanto a personas naturales como a personas jurídicas sin fi nes de lucro. Que, mediante Acta de Sesión de Directorio Nº 025- 2013-DGR/GOB.REG. TACNA de fecha 12 de diciembre del 2013, el Directorio Gerencial Regional acuerda por unanimidad la aprobación del Reglamento de la Ordenanza Regional que regula el otorgamiento de Subvenciones para fi nes sociales por parte del Gobierno Regional de Tacna, conformado por 24 artículos y 04 Disposiciones Complementarias y Finales. Que, el artículo 37 de la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales y sus normas modifi catorias, establece que los Gobierno Regionales a través de sus Órganos de Gobierno dictan las normas y disposiciones pertinentes, correspondiéndole a la Presidencia Regional emitir Decretos Regionales los mismos que, conforme al artículo 40 de la acotada Ley Nº 27867, establecen normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Por consiguiente, resulta procedente emitir el correspondiente Decreto Regional que aprueba el Reglamento de la Ordenanza Regional que Establece disposiciones destinadas a regular el otorgamiento de subvenciones para fi nes sociales por parte del Gobierno Regional de Tacna. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO de la Ordenanza Regional Nº 009-2013-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 13 de junio del 2013, que Establece disposiciones destinadas a regular el otorgamiento de subvenciones para fi nes sociales en el Gobierno Regional de Tacna, el cual consta de 24 artículos y 04 Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Ofi cina Regional de Administración, la aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento señalado en el Artículo Primero del presente Decreto Regional. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional, conforme a lo establecido en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TITO G. CHOCANO OLIVERA Presidente Regional 1100917-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Declaran habilitación urbana de oficio de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0021 Ate, 14 de enero de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Documento Nº 56113 -2012 de los señores JUAN POMPEYO RUIZ RUIZ, CLEMENTINA MIRYAM RUIZ MEDINA Y LIDUBINA ROSA RUIZ MEDINA; el Informe Nº 475-2013- MDA/GDU-SGHUE, de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones; el Memorándum Nº 633-2013-MDA/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 1005-2013-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 188- 2013-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Proveído Nº 019-2014-MDA/GM, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Documento Nº 56113 de fecha 07 de Diciembre del 2012, los señores JUAN POMPEYO RUIZ RUIZ, CLEMENTINA MIRYAM RUIZ MEDINA Y LIDUBINA ROSA RUIZ MEDINA, con los requisitos pertinentes solicitaron la Habilitación Urbana de Oficio del terreno ubicado en los lotes 76 y 77 de la Lotización del Fundo La Estrella Valle de Ate, constituido por