Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2014 (25/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano Miercoles 25 de junio de 2014

526011
hasta tres representantes de diversas organizaciones involucradas en los asuntos que correspondan a cada una de ellas. Los que representantes de estas organizaciones tienen derecho a voz y en casos de discrepancias tienen derecho a iniciativa ante la sesion de Concejo presentando su dictamen en minoria o dictamen singular que debera ser debatido por el Concejo. Articulo 80°.- Las Comisiones Especiales y las Sub Comisiones Especiales se constituyen temporalmente por acuerdo del Concejo para asuntos especificos tales como actividades protocolares, estudios especiales, de estudio e investigacion y otros no corresponden a ninguna de las Comisiones o Sub Comisiones Permanentes o que por su importancia o gravedad asi lo requieran. El acuerdo determinara con precision el encargo y plazo de la Comision. Articulo 81°.- las Comisiones Especiales se reuniran con la frecuencia que requiera el MORDAZA que se les ha encomendado,. De todas las reuniones se levantara un Acta en Libros u hojas sueltas que seran autorizadas por el MORDAZA y Secretario General. Las Actas pueden ser firmadas por los asistentes. Las Actas y la documentacion que sirve de fuente a la Comision, se acompanaran al dictamen, informe o proyecto que eleven al Concejo. Articulo 82°.- El Concejo constara con siete (7) Comisiones Permanentes y que corresponderan con las areas fundamentales de la comision administrativa municipal y de dos (2) Sub Comisiones Permanentes que corresponderan a las area especificas que por la trascendencia o importancia de la actividad municipal requiera de tratamiento especializado. Las Comisiones permanentes seran: a) Comision de Planificacion, Economia y Administracion Municipal. b) Comision de Obras, Desarrollo MORDAZA y Rural. c) Comision de Transporte y Seguridad Vial. d) Comision de servicios Publicos. e) Comision de Desarrollo Social y de Participacion Vecinal. f) Comision de Desarrollo Economico. g) Comision de Etica Municipal. Las Sub Comisiones Permanentes seran: a) Sub Comision de Comedor Municipal. b) Sub Comision de Desarrollo Agropecuario y de Actividades Extractivas. Articulo 83°.- la asistencia de los miembros de las comisiones y Sub Comisiones Permanente a las sesiones convocadas conforme al presente Reglamento, es obligatoria. La inasistencia reiterada y comprobada e injustificada sera considerada falta grave, por lo que se aplicara lo establecido en el Art. 25°, numeral 4, de la Ley Organica de Municipalidades y puesto de conocimiento de Sesion de Concejo para la sancion correspondiente, la que se aplicara gradualmente, en el siguiente orden: a) Llamada de atencion en Sesion de Concejo, por dos (2) inasistencias a sesion de Comision, durante 30 dias calendarios. b) Suspension del cargo por treinta (30) dias, por inasistencia en cuatro sesiones consecutivas o alternadas en el plazo de sesenta (60) dias calendarios. c) Suspension del cargo por sesenta (60) dias calendarios en casos reiterativos y de manera proporcional ascendente en caso de continuar la falta. Articulo 84°.- las Comisiones pueden invitar a participar en sus deliberaciones con voz pero sin MORDAZA a los funcionarios, empleados y obreros de la Municipalidad, asi como a los contratistas y concesionarios de la misma y a los directivos y empleados de las Empresas Municipales, en las que posean acciones. Articulo 85°.- Las Comisiones Especiales se constituyen por acuerdo del Concejo para asuntos especificos que no corresponden a ninguna de las Comisiones Permanentes o que su importancia o gravedad asi lo requiera. El acuerdo determinado con precision el encargo y plazo de la comision para el informe correspondiente. Articulo 86°.- El Concejo decide sobre la conformacion de la Comision Especial y designa a su presidente.

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Aprueban rectificacion de la Ordenanza Nº 018-2005-MPC, que aprobo el Reglamento interno del Concejo Municipal Provincial de Canete
ORDENANZA N° 014-2014-MPC Canete, 22 de MORDAZA del 2014. LAALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; Vistos; En Sesion de Ordinaria de Concejo de fecha 20 de MORDAZA del 2014, en merito al Informe N° 0226-2014SG-MPC, de fecha 24 de MORDAZA del 2014, mediante el cual se presenta el proyecto de Ordenanza de modificacion del Reglamento Interno de Concejo, aprobado mediante Ordenanza N° 018-2005-MPC, y; CONSIDERANDO; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. Que, mediante Ordenanza N° 018-2005-MPC, de fecha 10 de junio del 2005, se aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal Provincial de Canete, asi como el Codigo de Etica Municipal. Que, en el articulo 1°, de la Ordenanza N° 0182005-MPC, existe un error material, por cuanto se ha establecido que el Reglamento consta de 04 titulos, 100 articulos y cuatro disposiciones finales y transitorias (...); sin embargo del propio reglamento se desprende que este contiene X titulos, 103 articulos, cuatro disposiciones finales y transitorias y 02 Anexos. Que, mediante Informe Legal N° 182-2014-AJ-MPC, de fecha 08 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica N° 12-2014-CPEAM-MPC, la Comision de Planificacion, Economia y Administracion, en forma unanime recomienda aprobar la rectificacion de la Ordenanza N° 018-2005-MPC, Sustitutoria del Reglamento Interno de Concejo Municipal de Canete, a efectos de contar con un instrumento de gestion correctamente redactado. Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime y, con la dispensa del tramite de aprobacion del tramite de aprobacion del acta. ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar la rectificacion de la Ordenanza N° 018-2005-MPC, Sustitutoria del Reglamento del Concejo Municipal provincial de Canete, debiendo quedar el texto redactado de la siguiente manera: Articulo Primero.- Aprobar el reglamento Interno del Concejo Municipal provincial de Canete, que consta de 10 titulos, 104 articulos y Cuatro Disposiciones Finales y Transitorias, y 02 anexos. Articulo 2º.- Modifiquese, la numeracion del articulo 98, obrante a fojas 37, del Reglamento Interno del Concejo Provincial de Canete, en virtud que por error material, se han repetido la numeracion, debiendo ser lo correcto articulo 100, y que con las correcciones quedara redactado con el siguiente texto: Articulo 79°.- La Sub Comisiones Municipales, estan integradas por tres regidores y. tambien pueden integrarla

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.