Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2014 (27/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 27 de junio de 2014

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Articulo 3°.- Encargar a la Direccion General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Recursos para la Defensa, la supervision de la ejecucion de la donacion dineraria materia de aprobacion por parte de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y Publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1102389-1

Aceptan y aprueban donacion dineraria a favor del Ministerio de Defensa MORDAZA de MORDAZA del Peru, para ser usados en entrenamiento del despliegue de submarino en el ejercicio SUBDIEX 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 468-2014-DE/MGP MORDAZA, 25 de junio de 2014 Visto, el Oficio L.1000-0973 del Jefe del Estado Mayor General de la MORDAZA, de fecha 2 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 698 /MAAG/NAVSEC de fecha 25 de noviembre de 2013, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA, hace de conocimiento que la Comandancia de la Fuerza de Submarinos del Atlantico (COMSUBLANT), cuenta con una cantidad adicional disponible ascendente a la suma de SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 625,000,00), a favor de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, para ser usados en apoyo de entrenamiento del Despliegue del Submarino Peruano B.A.P. "ISLAY", en el ejercicio SUBDIEX 2014; Que, asimismo con Oficio Nº 053 /MAAG/NAVSEC de fecha 6 de febrero de 2014, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA, informa que la Comandancia de la Fuerza de Submarinos del Atlantico (COMSUBLANT), tiene una cantidad adicional disponible ascendente la suma de QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 522,000,00), a favor de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, para ser usados en apoyo de entrenamiento del Despliegue de la Unidad Submarina MORDAZA referida, en el ejercicio SUBDIEX 2014; Que, el articulo 69º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, publicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos; la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", cuando el monto de la donacion supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, senala en el numeral 37 de su articulo 10º, que es funcion del Ministerio de Defensa, emitir Resoluciones Ministeriales en los asuntos que le corresponde conforme a Ley; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; y estando a lo recomendado por el Jefe del Estado Mayor General de la MORDAZA y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar y aprobar, la donacion dineraria efectuada por la Comandancia de la Fuerza de Submarinos del Atlantico (COMSUBLANT), a traves del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru, por un monto total de UN MILLON CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 1'147,000,00), que de acuerdo al MORDAZA de cambio (S/. 2.77) por dolar americano asciende a la suma de TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3'177,190.00), para ser usados en el entrenamiento del despliegue del Submarino Peruano B.A.P. "ISLAY", en el ejercicio SUBDIEX 2014. Articulo 2°.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar del mencionado MORDAZA por su importante contribucion.

Aprueban lineamientos que determinan el Perfil Profesional, las facultades y obligaciones del Oficial Investigador de Siniestros Acuaticos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0225-2014 MGP/DGCG Callao, 13 de MORDAZA del 2014 CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion MSC. 255(84) adoptada el 16 de MORDAZA de 2008, la Organizacion Maritima Internacional aprobo el Codigo de Investigacion de Siniestros, en virtud a lo dispuesto en la Regla 1/21 del Convenio Internacional para la Seguridad de la MORDAZA Humana en la Mar, 1974, la cual establece la obligacion de realizar investigaciones de Siniestros Maritimos acaecidos, facilitando la informacion que sea pertinente en relacion con las conclusiones que se llegue en esas investigaciones; Que, mediante Resolucion MSC.257 (84), de fecha 16 de MORDAZA 2008, se incorporo la regla XI-1/6 al citado Convenio Internacional, la cual establece prescripciones adicionales para la investigacion de siniestros y sucesos maritimos; Que, mediante documento MSC-MEPC.3/Circ.3 del 18 diciembre 2008, la Organizacion Maritima Internacional, emite directrices sobre Procedimientos de notificacion armonizados revisados ­ Informes prescritos en virtud de la regla I/21 del SOLAS y en los articulos 8 y 12 del MARPOL 73 y el Protocolo de 1978, los cuales establecen que cada Administracion se compromete a efectuar una investigacion de todo siniestro que sufra cualquiera de los buques que enarbolen su pabellon regidos por dichos convenios y a facilitar a la Organizacion la informacion pertinente sobre las conclusiones de tales investigaciones; Que, el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, que regula el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Maritima Nacional ­ Direccion General de Capitanias y Guardacostas, establece que corresponde a la Autoridad Maritima Nacional aplicar y hacer cumplir lo dispuesto en el citado Decreto Legislativo, las normas reglamentarias y complementarias y los tratados o Convenios en el que Peru es parte en el ambito de su competencia; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 617-2013MGP/DCG, de fecha 2 de agosto del 2013, se aprueba la incorporacion a las normas nacionales, las prescripciones establecidas en el "Codigo de Normas Internacionales y Practicas recomendadas para la Investigacion de los aspectos de Seguridad de Siniestros y Sucesos Maritimos" (Codigo de Investigacion de Siniestros); Que, es necesario establecer el perfil profesional, facultades y obligaciones del Oficial Investigador de Siniestros Acuaticos, tomando como base los parametros que fija el "Codigo de Normas Internacionales y Practicas recomendadas para la investigacion de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos maritimos" (Codigo de Investigacion de siniestros) y Directrices aprobadas sobre la materia; De conformidad con lo propuesto por el Director de Investigacion de Siniestros Acuaticos, a lo opinado por el Director de Asuntos Internacionales y Normativa y la Direccion de Asuntos Legales; y a lo recomendado por el

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