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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (27/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Viernes 27 de junio de 2014 526185 de Saneamiento Grau S.A. – EPS GRAU S.A., la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. – SEDAPAL S.A., y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco S.A. - EPS SEDACUSCO S.A., para fi nanciar la elaboración de expedientes técnicos y la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, los cuales se encuentran viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y se cuenta con los convenios suscritos; asimismo, precisa que el fi nanciamiento será atendido con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante los Memorandos Nºs. 1214, 1294, 1440, 1463, 1465, 1497, 1501, 1532 y 1541-2014/VIVIENDA-OGPP, emite opinión favorable en materia presupuestal sobre las transferencias de recursos referidas en el considerando precedente, e informa que cuentan con la disponibilidad presupuestal en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural; en mérito de lo cual, a través de los Ofi cios N°s. 676, 696, 746, 748, 749, 758, 759, 771 y 772-2014/VIVIENDA- SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a las citadas transferencias de recursos; Que, resulta necesario autorizar Transferencias de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales hasta por la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 737 870,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural; y Transferencias Financieras por la suma de CINCUENTA MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 567 092,00), a favor de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la elaboración de expedientes técnicos y la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 66 737 870,00), para fi nanciar la ejecución de veintiséis (26) proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 9 433 535,00 UNIDAD EJECUTORA 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3000001: Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001778: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 57 304 335,00 ============ TOTAL EGRESOS 66 737 870,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 9 433 535,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 57 304 335,00 ============ TOTAL EGRESOS 66 737 870,00 ============ 1.2. Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I “Transferencia de Partidas para el Financiamiento de la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Urbano y Rural”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.