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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (27/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Viernes 27 de junio de 2014 526176 y que sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año fi scal 2014; asimismo, que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional que transfi ere recursos es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, así como del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; señalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo Informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, a través del Memorando N° 1269-2014- MTC/09.03, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe N° 797-2014- MTC/09.03 de su Ofi cina de Presupuesto, en donde se propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura vial declarados viables de acuerdo al Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), asimismo, indica que se cuenta con los convenios correspondientes y con recursos en el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año fi scal 2014, Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual, con Ofi cio N° 739-2014-MTC/04, el referido Ministerio solicita la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 76 460 334,00 ,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del presupuesto institucional del año fi scal 2014 del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de veinte (20) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y su modifi catoria; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 76 460 334,00 ,00), del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecución de veinte (20) proyectos de inversión pública de infraestructura vial, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 036 : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES UNIDAD EJECUTORA 010 : PROVÍAS DESCENTRALIZADO PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : REDUCCIÓN DEL COSTO, TIEMPO E INSEGURIDAD VIAL EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE TERRESTRE FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 76 460 334,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 76 460 334,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : GOBIERNOS REGIONALES PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : REDUCCIÓN DEL COSTO, TIEMPO E INSEGURIDAD VIAL EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE TERRESTRE FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 11 193 388,00 ------------------- SUB TOTAL 11 193 388,00 ------------------- PLIEGOS : GOBIERNOS LOCALES PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : REDUCCIÓN DEL COSTO, TIEMPO E INSEGURIDAD VIAL EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE TERRESTRE FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 65 266 946,00 ------------------- SUB TOTAL 65 266 946,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 76 460 334,00 =========== 1.2 Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el fi nanciamiento de Proyectos de Inversión Pública de Infraestructura Vial” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que