Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

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Chinchero ­ Cusco" (Plan de Promocion del Proyecto); acuerdo que fue publicado el 16 de MORDAZA de 2010 en el Diario Oficial El Peruano, en merito a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 039-2010; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 27 de agosto de 2010, se aprobo la modificacion al Plan de Promocion del Proyecto, en lo referido a excluir, del diseno del MORDAZA, la entrega en concesion del Aeropuerto Internacional MORDAZA Velasco Astete; acuerdo que fue publicado con fecha de 28 de agosto de 2010, en el Diario Oficial El Peruano; en merito a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 039-2010; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 20 de enero de 2011, se aprobo la modificacion del Plan de Promocion del Proyecto, en los aspectos referidos a incluir dentro del objeto y diseno de la concesion, la gestion y administracion del Aeropuerto Internacional MORDAZA Velasco MORDAZA, y clasificar la Asociacion Publico Privada como una autosostenible; acuerdo que fue publicado el 21 de enero de 2011 en el Diario Oficial El Peruano; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 28 de MORDAZA de 2011, se acordo aprobar las modificaciones al Plan de Promocion del Proyecto, a efectos de modificar el plazo de vigencia de la concesion de 30 anos a 40 anos; acuerdo que fue publicado el 30 de MORDAZA de 2011 en el Diario Oficial El Peruano; Que, a traves del acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 18 de octubre de 2012, se aprobo la modificacion del Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Diseno, Financiamiento, Construccion, Operacion y Mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero ­ Cusco" en los siguientes aspectos: Clasificacion de la Asociacion Publico Privada (APP), modalidad de Asociacion Publico Privada y modalidad en que se otorgara, como concesion cofinanciada; exclusion, del diseno de la concesion, de la gestion del concesionario del Aeropuerto Internacional "Teniente FAP MORDAZA Velasco Astete; acuerdo que fue ratificado mediante Resolucion Suprema N° 079-2012-EF del 19 de diciembre de 2012; Que, el 31 de agosto de 2010 se publicaron las Bases y se llevo a cabo la convocatoria del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesion del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero ­ Cusco; Que, el 06 de marzo de 2014 el Consejo Directivo de PROINVERSION, mediante acuerdo adoptado en dicha fecha, acordo aprobar la version final del Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco; Que, el 25 de MORDAZA de 2014, se adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales a que se refiere el considerando precedente al Consorcio Kuntur Wasi; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, en concordancia con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantias que, mediante decreto supremo, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion del 29 de MORDAZA de 2014, se acordo otorgar, mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, contenidas en el Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - MORDAZA, a celebrarse con la sociedad concesionaria a ser constituida por los integrantes del Consorcio Kuntur Wasi integrado por las empresas Corporacion MORDAZA S.A. y MORDAZA Investment Holding S.A., adjudicataria de la buena pro; Que, de conformidad con lo previsto en las Bases del Concurso el adjudicatario ha constituido la sociedad denominada SOCIEDAD AEROPORTUARIA KUNTUR WASI S.A.; Que, en virtud de lo expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Concedente, establecidas en el Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento

Que, segun lo indicado por la citada MORDAZA, el Ministerio de Economia y Finanzas publicara el referido listado, a traves de su MORDAZA en Internet, a mas tardar el ultimo dia habil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada ano, el cual regira a partir del primer dia calendario del mes siguiente a la fecha de su publicacion; Que en consecuencia, resulta necesario aprobar el "Listado de entidades que podran ser exceptuadas de la percepcion del IGV"; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido por el articulo 11º de la Ley N.º 29173; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Listado Apruebese el "Listado de entidades que podran ser exceptuadas de la percepcion del IGV" a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 29173, que como anexo forma parte integrante del presente decreto supremo. De conformidad con lo dispuesto en el referido articulo 11°, el Listado sera publicado en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas en internet (www.mef.gob.pe), a mas tardar, el ultimo dia habil del mes de junio de 2014 y regira a partir del primer dia calendario del mes siguiente a la fecha de su publicacion. Articulo 2º.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1103638-9

Otorgan seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesion para el diseno, financiamiento, construccion, operacion y mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero - MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 185-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27528, publicada el 11 de octubre de 2001, se creo el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero a cargo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, declarandose de necesidad y utilidad publica y de la mas alta prioridad para el Estado, el Proyecto Especial Aeropuerto Internacional de Chinchero, en la provincia de Urubamba del departamento del Cusco; Que, el Articulo 4º de la ley citada en el considerando precedente autorizo a la COPRI a entregar en concesion al sector privado la construccion, operacion y explotacion del MORDAZA Aeropuerto Internacional de Chinchero, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos para tal fin; Que, por el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM, se dispuso la absorcion de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE y de la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, por la Direccion Ejecutiva FOPRI, pasando a denominarse esta entidad Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; Que, en sesion de Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 07 de MORDAZA de 2010, se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Diseno, Financiamiento, Construccion, Operacion y Mantenimiento del MORDAZA Aeropuerto Internacional de

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